Consumo
Consumo avisa por carta a más de 500 grandes empresas de la obligatoriedad de aceptar la prórroga de los alquileres
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El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, dirigido por Pablo Bustinduy, remitió este viernes una carta a 541 empresas, inmobiliarias y fondos de inversión que gestionan o concentran 50 o más propiedades cada una, para informarles de que deben prorrogar obligatoriamente los contratos de alquiler que caduquen entre el 22 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2027, una vez los inquilinos lo hayan solicitado.
En la carta, firmada por el Director General de Consumo, Daniel Arribas, se informa así a todas las empresas de la obligatoriedad de cumplir con el Real Decreto-ley 8/2026 aprobado por el Consejo de Ministros el pasado 20 de marzo.
Esta misma semana, el ministro también remitió una carta al líder del PP, Alberto Núñez Feijóo, en la que le instó a reconsiderar su postura en relación a la convalidación de este decreto de prórroga de los alquileres. En la misiva, Bustinduy le que recordó que es una medida “necesaria, razonable y provechosa para la ciudadanía de este país”.
La carta enviada por Consumo a los grandes tenedores de viviendas en alquiler llega también tras la publicación ayer jueves de un informe elaborado por el Ministerio en colaboración con el CSIC que reveló que el 61% del mercado del alquiler se encuentra en manos de "multiarrendadores particulares y personas jurídicas", mientras que los caseros con una sola vivienda en alquiler suponen el 39% de las viviendas alquiladas.
Según dicho estudio, los multiarrendadores controlan una proporción todavía mayor del mercado del alquiler en grandes ciudades como Las Palmas (65%), Santa Cruz de Tenerife (64,6%), Palma (63%), Barcelona (60,8%), Madrid (56,4%) o Valencia (55%).
El estudio, elaborado a partir del Panel de Hogares, muestra también que los caseros o personas que perciben rentas por alquiler de vivienda habitual suponen un 4,9% de la población total frente al volumen de inquilinos, que constituyen el 20,8% de la población.
En este sentido, la carta enviada por el Director General de Consumo a inmobiliarias y fondos de inversión también explica a los grandes tenedores en qué consiste la prórroga extraordinaria de los contratos de arrendamiento de vivienda habitual. Así, según indicaron desde el Ministerio, en la misiva se recuerda que el inquilino podrá renovar de forma extraordinaria su contrato de alquiler una vez finalice la duración de este por plazos anuales, y hasta un máximo de dos años adicionales, siempre que el contrato estuviese entre el 22 de marzo de 2026 y el 31 de diciembre de 2027. E insistieron en que si el inquilino solicita la prórroga ésta debe ser aceptada obligatoriamente por el arrendador, manteniéndose los términos y condiciones del contrato en vigor.
Desde el departamento que dirige Pablo Bustinduy solicitaron así a las entidades arrendadoras "la máxima diligencia para asegurar la correcta aplicación de las medidas, así como la adopción de los procedimientos internos necesarios para su cumplimiento inmediato".
(SERVIMEDIA)
24 Abr 2026
MJR/MAG/clc


