Vivienda

El Defensor del Pueblo denuncia retrasos en la gestión del Bono Alquiler Joven en cuatro comunidades del PP

MADRID
SERVIMEDIA

El Defensor del Pueblo denunció este viernes que el Bono de Alquiler Joven suscitó en 2023 “un número elevado de quejas” centradas en Andalucía, Comunidad de Madrid, Galicia y Región de Murcia, ya que “muchos jóvenes aún no habían recibido el abono de la subvención meses después de haberla solicitado”.

Según el informe anual relativo a 2023 de este organismo dirigido por Ángel Gabilondo, las quejas se centran en la demora en resolver las solicitudes, así como en abonar la ayuda. Las Administraciones autonómicas manifestaron que estaban “desbordadas ante el elevado número de solicitudes recibidas y que no disponían de capacidad suficiente para atender la carga de trabajo”.

El Defensor del Pueblo recuerda que el régimen de estas ayudas es de concesión directa, por el procedimiento de concurrencia no competitiva, es decir, por estricto orden cronológico de entrada hasta agotar el crédito disponible y siempre que la solicitud cumpla los requisitos.

El organismo señaló que en algunas comunidades autónomas se ha producido un “grave incumplimiento” del plazo máximo previsto (en general, seis meses) para dictar y notificar la resolución de la solicitud. En concreto, señala que en Andalucía a finales de septiembre de 2023 comunicó que estaba tramitando los expedientes presentados en noviembre del 2022; en la Región de Murcia, a finales del 2023 se estaban resolviendo las solicitudes de agosto de 2022 y en Galicia, donde el plazo máximo para resolver es de tres meses, en noviembre de 2023 aún estaban tramitando las solicitudes presentadas en julio de 2022.

El Defensor del Pueblo insistió ante las Administraciones autonómicas en “su obligación de resolver y notificar los expedientes con celeridad y eficacia y destinar los medios para lograrlo”. En este sentido, critica el silencio negativo como respuesta a las solicitudes impuesto por la Xunta de Galicia y pide a Andalucía que no se excuse en el “número de solicitudes presentadas” para justificar su retraso, ya que debe “dotarse de medios personales suficientes para tramitar debidamente las solicitudes”.

Además, critica los problemas informáticos que tuvo la página web andaluza para presentar las solicitudes señalando que la consejería “no había actuado con la previsión exigible para evitar el colapso de su plataforma electrónica” y recomiendo dimensionar “adecuadamente” el volumen de solicitudes.

DEMORA EN EL ABONO

El informe del Defensor del Pueblo dedica un apartado a resaltar el problema de la Comunidad de Madrid respecto a la liquidación de las subvenciones del Bono Alquiler Joven. Critica que los solicitantes tienen que presentar “en repetidas ocasiones” la documentación acreditativa de su cumplimiento y, aunque ya se conoce la lista de beneficiarios, estos “continuaban sin recibir el abono de la subvención”.

El organismo critica que la consejería todavía no ha indicado ni de manera estimada una fecha de liquidación total de las subvenciones. En noviembre, Madrid comunicó que estaba en proceso de revisión de la documentación aportada por los interesados para poder continuar con la tramitación de los pagos ya iniciados y afirmó que estaban procediendo al pago de los beneficiarios que se encontraban en los primeros listados de los cinco publicados.

El Defensor del Pueblo cree que la demora “desvirtúa la naturaleza propia de la ayuda y el fin para el que fueron creadas” y critica que la Comunidad de Madrid no actuó "con la previsión debida, al no contemplar la repercusión que la subvención podría tener entre los jóvenes y la incidencia que el incremento de recepción de solicitudes podría ocasionar en la gestión ordinaria administrativa”.

REQUISITOS

En el informe, el Defensor del Pueblo también critica algunas de las cuestiones relacionadas con los requisitos de la ayuda. En concreto, señala que los solicitantes de la ayuda que viven en un piso compartido sin vínculos entre sí con un único contrato de arrendamiento deben cumplir “unos requisitos más restrictivos que las personas con contrato por habitación, a pesar de que se trate, en determinados casos, de situaciones equiparables”, ya que se les considera una unidad de convivencia y, por tanto, pueden superar más fácilmente el límite de renta con el que se puede optar a la ayuda.

El Defensor del Pueblo ha solicitado al Ministerio de Vivienda que, en futuras regulaciones de ayudas al alquiler, se estudie la posibilidad de “exigir de forma individual el cumplimiento de los requisitos a los arrendatarios que convivan en el mismo domicilio, siempre que no tengan vínculos entre sí y que abonen la renta al arrendador de forma independiente”. También considera deseable que, en estos casos, se equiparase el límite máximo de la renta de la vivienda con el establecido en el supuesto de alquiler de habitación.

(SERVIMEDIA)
22 Mar 2024
JMS/gja