Vivienda

El Defensor del Pueblo rechaza el sorteo como método para adjudicar vivienda pública

MADRID
SERVIMEDIA

El Defensor del Pueblo muestra su rechazo al sorteo como método para adjudicar la vivienda pública disponible entre los solicitantes, ya que considera que la baremación basada en “un sistema de puntuación que tenga en cuenta, por un lado, la necesidad de vivienda y, por otro, las circunstancias personales, familiares y económicas de los solicitantes”, es el método de valoración “más objetivo, justo y razonable”.

Según el informe anual correspondiente a 2023 de este organismo dirigido por Ángel Gabilondo, que se presentó este viernes, las quejas relacionadas con la adjudicación de vivienda pública protegida y social que se produjeron en 2022 se repitieron de nuevo el año pasado.

El Defensor del Pueblo denuncia los “excesivos tiempos” en los que los solicitantes permanecen en lista de espera “debido a la escasez de vivienda pública disponible”, lo que se agrava “de una manera especial cuando afecta a las personas con menos recursos”. Señala, además, que, en ocasiones, los solicitantes “muestran su desazón porque su posición en la lista se va retrasando o porque llevan años inscritos y no se les adjudica una vivienda”.

En este contexto, el organismo dirige una recomendación al Ayuntamiento de Málaga, que establece el sorteo como sistema para elegir al adjudicatario entre las personas incluidas en un mismo grupo de la lista de espera (jóvenes, mayores, movilidad reducida, discapacidad, victimas de violencia de género, emigrantes retornados y otros).

El Ayuntamiento considera que el sorteo entre grupos de iguales “es la opción más objetiva y transparente”, pero el Defensor del Pueblo estima que dentro de cada grupo “sería más justo ordenar a los candidatos en función de sus recursos económicos y su necesidad de vivienda”.

Por otra parte, el Defensor del Pueblo resalta las quejas que se reciben en las que concurre “una situación de emergencia social que afecta a unidades familiares especialmente vulnerables, como las que están compuestas por hijos menores de edad”. En estas actuaciones, el Defensor del Pueblo suele constatar que las Administraciones “no permanecen pasivas y adoptan medidas que, sin embargo, con frecuencia solo tienen carácter temporal”.

(SERVIMEDIA)
22 Mar 2024
JMS/gja