Lgtbi
Desestimada la denuncia de Vox contra la colocación de las banderas Lgtbi en el edificio de los Grupos Municipales
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El Tribunal de Instancia de lo Contencioso Administrativo Nº 7 de Madrid ha desestimado la denuncia interpuesta por Vox contra la colocación de banderas Lgtbi por parte de Más Madrid y el PSOE en el edificio de los Grupos Municipales del Ayuntamiento de Madrid, al considerar, entre otros motivos, que "en modo alguno puede considerarse" que la colocación de estas banderas "vulnere la objetividad e imparcialidad de las Administraciones públicas".
Estima además "la falta de legitimación del partido político Vox" para denunciar estos hechos "por no acreditar esa conexión específica y concreta con su actuación o funcionamiento como partido político con la actuación administrativa impugnada, al margen de la discrepancia política".
Así se desprende de la sentencia a la que tuvo acceso Servimedia y que se refiere a la colocación de banderas Lgtbi en los balcones del edificio de los Grupos Municipales con motivo del mes del Orgullo Lgtbi y como forma de protesta por la ausencia de esta misma bandera en el balcón del palacio de Cibeles, sede del Ayuntamiento de Madrid.
La sentencia defiende que "la colocación de las pancartas no fue acordada por el Ayuntamiento sino que responde a la actuación de dos grupos municipales, y dicha actuación no se llevó a cabo en la sede central del Ayuntamiento sino en unas dependencias destinadas a los grupos políticos con representación en el Ayuntamiento de Madrid".
Asimismo expresa que una vez se denunció la actuación, "el Ayuntamiento dio respuesta dictando una resolución, por lo que no cabe hablar de vía de hecho", es decir, de la posibilidad de que el Ayuntamiento actuara sin competencia o prescindiendo totalmente del procedimiento legalmente establecido.
A esto, el Tribunal añade que "en modo alguno puede considerarse que vulnere la objetividad e imparcialidad de las Administraciones públicas, sino que se encuadra por un lado en el legítimo ejercicio de su acción política, y por otro en una actuación a favor de un colectivo, en este caso LGTBI+" por lo que "desde el punto de vista legal, no existe ningún reproche jurídico a dicha actuación". También estima "la falta de legitimación del partido político Vox" para denunciar estos hechos "por no acreditar esa conexión específica y concreta con su actuación o funcionamiento como partido político con la actuación administrativa impugnada, al margen de la discrepancia política".
La portavoz del PSOE, Reyes Maroto, celebró la sentencia, que "confirma que nadie está por encima de la ley" ni puede "utilizar los juzgados para imponer su agenda ideológica". En ese sentido, reprochó que la agenda de Vox "consiste en intentar silenciar, intimidar y condicionar a quienes defendemos una sociedad abierta, diversa y democrática".
"Nosotros no vamos a esconder lo que somos ni vamos a pedir perdón por defender la igualdad y la diversidad. No vamos a retroceder ni un solo milímetro ante quienes quieren imponer sus normas por encima de la convivencia democrática. Frente al ruido, la confrontación y el retroceso que promueven, el Partido Socialista seguirá defendiendo la igualdad, el respeto y los valores constitucionales", zanjó.
Desde Más Madrid también celebraron la sentencia pero lamentaron que no se impongan las costas a Vox por el "malhacer del Ayuntamiento" ya que según señala la sentencia "la actuación del Ayuntamiento, dictando una primera resolución que posteriormente fue suspendida, no ha contribuido a dar claridad a este procedimiento, creando dudas jurídicas".
Por su parte, la portavoz municipal del partido, Rita Maestre, expresó que "la obsesión de Vox y del Partido Popular por borrar la bandera Lgtbiq + no tiene cabida en la ley" y que la sentencia "es un varapalo no solo a Vox como denunciante, sino al propio presidente del Pleno, Borja Fanjul, que es el comisario político que Almeida" porque se desprende que "todas las excusas que esgrimió para intentar silenciar a Más Madrid el pasado orgullo no tienen fundamento jurídico".
(SERVIMEDIA)
10 Feb 2026
JAM/clc


