Igualdad

Las empresas del IBEX deben elevar al 40% las mujeres en su consejo a partir de julio

MADRID
SERVIMEDIA

La Ley Orgánica 2/2024 de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres establece que las empresas del IBEX 35 tienen hasta el 30 de junio de este nuevo año para cumplir con la exigencia de tener al menos un 40% de miembros del consejo de administración del sexo menos representado, que es el femenino.

Esta ley se aprobó en 2024 y postergó la obligatoriedad del equilibrio, de manera que las empresas del IBEX tienen hasta el 30 de junio del nuevo año para cumplir y el resto de sociedades cotizadas disponen de un año más, hasta el 30 de junio de 2027.

Así, según aclara la propia Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) en un documento reciente de preguntas y respuestas sobre esta ley, el número total de consejeros que se considera el mínimo necesario para alcanzar la paridad deberá ser el porcentaje más cercano al 40%, por exceso o por defecto, sin que pueda superar en ningún caso el porcentaje del 49% de los miembros del consejo de administración.

Lo ejemplifica con un consejo de cinco o seis miembros en el que el porcentaje mínimo para cumplir sería de dos miembros del sexo menos representado, y en un consejo de administración de nueve, 10 u 11 miembros, este porcentaje se considera cumplido si cuatro de sus asientos son ocupados por personas del sexo menos representado. En un consejo de 12 o 13 miembros, el porcentaje se cumpliría con cinco, y en un consejo de 14 o 15 miembros, el porcentaje se cumpliría con seis personas.

En caso de vacante sobrevenida, el porcentaje deberá estar cumplido para la fecha de la primera junta general de accionistas que tenga lugar tras la vacante, y si se produce unos días antes de convocar la junta, las empresas deberán proponer un nuevo nombre para volver a cumplir con el mínimo exigido o hacerlo lo antes posible, ya sea con un nombramiento por cooptación o en una nueva junta.

Las cotizadas del IBEX no tendrán que publicar la información sobre la representación por sexo hasta la publicación de su informe financiero anual de 2026, lo que se producirá en los primeros cuatro meses de 2027.

En el caso de las entidades de interés público no cotizadas, los umbrales cambian: el 30 de junio de 2026 deben alcanzar el 33% del sexo menos representado en el consejo de administración y velar por que la alta dirección tenga en esa fecha una composición que asegure la presencia de al menos el mismo porcentaje del 33%. Además, en tres años más tarde, el 30 de junio de 2029, los umbrales anteriores se elevan al 40% en el consejo y en la alta dirección.

Al igual que en cotizadas, la información sobre los porcentajes alcanzados y las políticas y medidas adoptadas se dará a conocer en el primer informe financiero anual, con cierre posterior a la fecha de entrada en vigor de las obligaciones establecidas.

La CNMV será el organismo competente para supervisar que se cumplen los porcentajes y se les da transparencia en el caso de las sociedades cotizadas.

Los últimos datos publicados por la CNMV recabados de los informes de gobierno corporativo de las cotizadas correspondientes a 2024 reflejan que la presencia de mujeres en los consejos experimentó un aumento hasta suponer el 36,6% (34,5% en 2023), que llegó al 41,3% en el caso del conjunto del IBEX 35. Algo menos de la mitad de las cotizadas, 55 empresas -24 del IBEX- de 114, alcanzaron o superaron el objetivo del 40%, 13 más que en 2023.

En la alta dirección, las mujeres pasaron a representar el 24,8% en 2024, con un aumento de 1,7 puntos porcentuales. Tienen la consideración de alta dirección aquellos puestos que dependen directamente del consejo o del primer ejecutivo de la compañía. Solo 27 sociedades cotizadas cuentan con un 40% o más de presencia del sexo menos representado en la alta dirección.

(SERVIMEDIA)
03 Ene 2026
MMR/pai/clc