Finanzas
Entra en vigor una circular del Banco de España que simplifica el reporte financiero
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Este martes entra en vigor la Circular 1/2025 del Banco de España, que simplifica las obligaciones de reporte financiero de las entidades supervisadas recogidas en las circulares contable, de 2017, y de la Central de Información de Riesgos (CIR), de 2013.
Según explicó el Banco de España en un comunicado, esta actualización pretende mantener alineada la Circular 4/2017, conocida como “circular contable”, con las normas internacionales de información financiera adoptadas en la Unión Europea (NIIF-UE). En concreto, se incorporan los últimos cambios en la NIIF-UE 9 sobre instrumentos financieros. De este modo, se evita la aplicación de criterios contables distintos en las cuentas anuales individuales y consolidadas.
Se revisan también los requerimientos de coberturas por riesgo de crédito por razón de riesgo-país. Según el texto del BOE, “resulta oportuno revisar” este aspecto porque “el riesgo geopolítico y el riesgo-país se solapan parcialmente para algunos factores de riesgo y, recientemente, ha cobrado especial relevancia la consideración del riesgo geopolítico en la estimación de las coberturas por riesgo de crédito”. Uno de los propósitos de esta revisión es facilitar que las entidades que estiman sus coberturas colectivas de riesgo de crédito con metodologías internas clasifiquen las operaciones sin tener que ceñirse a los grupos de riesgo-país preestablecidos en la circular.
Además, esta norma inicia un proceso para sustituir determinados estados financieros reservados relativos a la cobertura del riesgo de crédito y a los activos inmobiliarios e instrumentos de patrimonio adjudicados o recibidos en pago de deuda por información granular que se recibe a través de la CIR, con el objetivo de reducir la carga de datos exigidos a las entidades. El objetivo es conseguir que la información granular declarada por las entidades alcance una calidad lo suficientemente adecuada como para permitir que el último envío por parte de las entidades de estos estados financieros sea el correspondiente a 30 de junio de 2026.
De este modo, las solicitudes de información dirigidas a las entidades se ven significativamente disminuidas, pues los requerimientos de información incluidos en los estados nacionales reservados de la Circular 4/2017 se reducen en un tercio.
De forma complementaria, se encuentra actualmente en fase de consulta pública previa una nueva circular ómnibus cuyo objetivo es adaptarse a las nuevas exigencias europeas y nacionales eliminando duplicidades en los requerimientos de información. Su tramitación terminará previsiblemente a mediados de 2026. En ella se plantea también la eliminación de requisitos de información adicionales, lo que, sumado al impacto de la nueva circular publicada hoy, supondrá una reducción de alrededor del 50% en la información nacional reservada requerida actualmente en las Circulares 4/2017 y 2/2016.
El Banco de España destacó que este enfoque de racionalización y simplificación “representa un avance decidido por parte del Banco de España en la gestión de la información requerida a las entidades financieras”. La banca viene exigiendo simplificación en la normativa que se le exige para eliminar duplicidades y liberar recursos que puede destinar a crédito.
(SERVIMEDIA)
30 Dic 2025
MMR/pai


