ENTRO EN VIGOR EL CONVENIO ANTI-CORRUPCION DE LA OCDE EN EL COMERCIO INTERNACIONAL

MADRID
SERVIMEDIA

Los 29 países de la OCDE y otros cinco no pertenecientes a la organización de países más desarrollados (Argentina, Brasil, Bulgaria, Chile y República Eslovaca) han comenzado a aplicar hoy un convenio contra la orrupción en el comercio internacional.

En virtud de este convenio, los empresarios, responsables públicos y particulares se expondrán a sufrir penas de prisión si pagan sobornos a cargos políticos, jueces o funcionarios en países extranjeros para conseguir contratos.

Esa es una práctica bastante frecuente, según reconoce el propio preámbulo del convenio, y "suscita graves preocupaciones morales y políticas, afecta a la buena gestión de los asuntos públicos y al desarrollo económico, y distorsion las condiciones de la competencia internacional".

El convenio, que ha obligado al Gobierno español a una reforma de urgencia del Código Penal, supone dos cosas: el establecimiento de penas de prisión para quienes paguen sobornos y un sistema de extradición aplicable a estas conductas.

En concreto, el artículo 3 del convenio señala: "La corrupción de un funcionario extranjero debe ser sancionada de manera eficaz, proporcionada y disuasiva. El abanico de sanciones aplicables debe ser comparable alde las sanciones aplicables a la corrupción de funcionarios de cada Parte y deberá, en el caso de personas físicas, incluir penas de privación de libertad suficientes para permitir una ayuda mutua judicial y de extradición eficaz". El actual Código Penal español castiga el cohecho a funcionario con una pena de 2 a 6 años de cárcel.

El tratado (cuya denominación completa es "Convenio sobre la lucha contra la corrupción de funcionarios extranjeros en el ámbito de las transacciones comerciales internacioales") establece que es un delito en el país originario de la empresa sobornar a funcionarios extranjeros para conseguir o mantener un negocio, algo que habría sido plenamente aplicable, por ejemplo, a los casos de corrupción detectados en el Comité Olímpico Internacional.

El convenio ha sido impulsado particularmente por Estados Unidos, un país que hace veinte años aprobó la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero, para prohibir a sus empresas el pago de sobornos a funcionarios responsables públios de países extranjeros.

(SERVIMEDIA)
15 Feb 1999
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