Inmobiliario

El Estado no podrá obligar a los agentes inmobiliarios a contratar un seguro de responsabilidad civil

- Aunque inicialmente figuró en la ley, la competencia seguirá en manos de las comunidades autónomas

MADRID
SERVIMEDIA

Una enmienda transaccional del PDeCat, apoyada por el PSOE, PP, Unidas Podemos, ERC y EH Bildu eliminó el apartado cuatro del artículo 30 de la Ley de Vivienda que obligaba a los agentes inmobiliarios a “suscribir un seguro de responsabilidad civil” para el ejercicio de su actividad como intermediadores del sector.

La enmienda fue aprobada en la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana con 29 votos a favor, una abstención y siete votos en contra (Vox, Coalición Canaria y Ciudadanos).

El artículo eliminado introducía en el proyecto de ley que los agentes inmobiliarios "facultados para la transmisión, el arrendamiento y la cesión de las viviendas por cuenta ajena” deberían “suscribir un seguro de responsabilidad civil que podrán contratar directa o colectivamente” y su cuantía podría “ser fijada por cada comunidad autónoma”.

El portavoz y responsable de Asesoría Jurídica de los Agentes de la Propiedad Inmobiliaria (API) de Cataluña, Carles Sala, contó a Servimedia que, desde la liberalización de la actividad inmobiliaria, cualquiera puede dedicarse a ello “sin la formación adecuada” e impactar en cuestiones como la compra de una vivienda que puede “arruinar” a familias por “negligencia o desconocimiento”.

Por ello, en las negociaciones de la ley venían reclamando hacer obligatorio para el agente inmobiliario la contratación de un seguro de responsabilidad civil y de un seguro de caución, así como tener formación “mínima” sobre algunas cuestiones "básicas" de la materia. De tal manera, buscaban “extender” al resto del país algo que ya es obligatorio en Cataluña y en la Comunidad Valenciana.

Asimismo, otra de sus reclamaciones era extender fuera de esas regiones la obligación para los gobiernos autonómicos de establecer un registro de los agentes que contasen con los seguros y la formación. Otras comunidades, además, como Andalucía, los tienen contemplados en sus leyes, pero todavía no los han desarrollado.

Sala señaló que el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital se negó a esta cuestión y sólo aceptó introducir en la norma la obligación de contratar un seguro de responsabilidad civil y de permitir a las comunidades autónomas crear registros, pero de manera voluntaria.

Así, en el siguiente párrafo del mismo apartado, se apuntaba que las comunidades autónomas podrían “crear registros administrativos de agentes inmobiliarios de carácter voluntario en los que se establezca la exigencia del seguro de responsabilidad civil entre las condiciones de acceso al mismo".

Por todo ello, fuentes del PDeCat indicaron a Servimedia que esta enmienda buscaba “blindar” las competencias autonómicas, ya que, de haberse aprobado este apartado, se hubiera “cercenado” la norma de la Generalitat de Cataluña, que considera obligatorio el registro.

En la misma línea, Sala explicó que trataron de eliminar tan solo el párrafo referente a los registros voluntarios y mantener la obligatoriedad de contratar un seguro de responsabilidad civil. Sin embargo, ante la negativa del departamento dirigido por Nadia Calviño decidieron ‘sacrificar’ todo el apartado.

“Antes de perder Cataluña y la Comunidad Valenciana el registro obligatorio y otras comunidades que lo han regulado en sus leyes, pero todavía sin desplegarlo, preferimos sacar cualquier tipo de mención a esta cuestión porque un seguro obligatorio y un registro opcional no nos lleva a nada”, explicó el portavoz de los agentes inmobiliarios.

(SERVIMEDIA)
26 Abr 2023
JMS/KRT/jms/mmr/clc