ETA. LA AUDIENCIA CONDENA A 18 AÑOS DE CARCEL AL ETARRA ASIER ORMAZABAL POR EL INTENTO DE ASESINATO DE UN FUNCIONARIO DE PRISIONES

MADRID
SERVIMEDIA

La Sección Primera de la Sala de lo Penal de Audencia Nacional ha condenado al etarra Asier Ormazábal Lizeaga a 18 años de prisión por el intento de asesinato del funcionario de prisiones Francisco Camacho García, en julio de 1997 en Granada.

A consecuencia del atentado, Francisco Camacho sufrió "importantes secuelas psicofísicas consistentes en un trastorno delirante de tipo persecutorio, transtorno neurótico de la personalidad y transtorno depresivo mayor (...) que han determinado su jubilación por incapacidad absoluta para todo tipo de trabajo". Según se extrae del dictamen forense y del psiquiátrico, la víctima "es incapaz de relacionarse socialmente -padece episodios de agorafobia-, sufre consecuencias colaterales en su relación de pareja y no está capacitado para ejercer correctamente las facultades propias de la patria potestad, singularmente en lo referente a la educación de los hijos".

Por este motivo, Ormazábal Lizeaga deberá pagar 181.415,5 euros a Camacho por daños piscofísicos y por la destrucción de su vehículo. Además de tene que abonar 353,27 euros a la propietaria de una tienda de moda que quedó dañada a consecuencia de la explosión controlada del artefacto por parte de los TEDAX.

El tribunal ha estimado probado que Ormazábal, junto al ya condenado por estos hechos, José Luis Barrios Martín, y al declarado en rebeldía Francisco Javier Gallaga Ruiz, trataron de acabar con la vida del trabajador de prisiones mediante la colocación de un artefacto explosivo en el vehículo de éste.

Los tres terroristas eran miembros "lberados" de ETA y formaban el "Comando Andalucía". Recibieron el encargo por parte de la dirección de la banda de atentar "del modo más contundente" contra el colectivo de funcionarios de prisiones y para ello se desplazaron hasta Granada.

Una vez allí, tras realizar el seguimiento de Francisco Camacho García, colocaron bajo el asiento de conductor del vehículo del funcionario una pequeña caja de caudales con un artefacto explosivo compuesto por entre 1 y 1,5 kilos de cloratita, con el objetivo de acaar con su vida.

Al montarse en su coche, el trabajador de prisiones se percató de que "había una dureza" bajo el asiento del conductor y comprobó que se trataba de una caja metálica precintada con cinta adhesiva, por lo que llamó a la Policía.

Finalmente, los artificieros del Cuerpo Nacional de Policía, explosionaron de forma controlada el artefacto, aunque no evitaron que el coche quedase totalmente destrozado y que la deflagración causase daños a una tienda de moda cercana.

La Sala de lo Pnal ha basado su decisión, entre otras cosas, en las declaraciones judiciales y policiales de Barrios Martín, en las que confesó que Ormazábal Lizeaga se había encargado de vigilar, mientras él colocaba el artefacto en el vehículo del funcionario.

La sentencia del tribunal concluye que, "atendida la personalidad del delincuente y su actitud en la vista oral donde admite con desparpajo su pertenencia a una banda criminal (ETA), asumiendo sus postulados delictivos y valorando las circunstancias del hech, especialmente la forma vil de ejecutarlo, se estima la pena de 18 años de prisión".

(SERVIMEDIA)
18 Dic 2003
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