EXTREMADURA APRUEBA SU "LEY DEL BOTELLON"

MERIDA
SERVIMEDIA

El Consejo de Gobierno de Extremadura aprobó hoy el anteproyecto de Ley de la Convivencia y el Ocio, que establece una serie de medidas y actuaciones para fomentar "una adecuada utilización del ocio, particularmente por medio de la prevención del consumo abusivo de bebidas alcohólicas y de las alteraciones de la convivencia que se derivan de esta actitud". Según informó el Gobierno regional, el anteproyecto consta de 26 artículos distribuidos en seis capítulos: objeto y finalidad, actuaciones generales en materia de prevención, prevención del consumo de alcohol en menores de edad, medidas tendentes a la modificación de actitudes respecto del consumo de alcohol, medidas para integrar el ocio en la convivencia e infracciones y sanciones.

El texto de este anteproyecto es el resultado de las conversaciones mantenidas por responsables de la Junta de Extrmadura con responsables de todos los sectores implicados y afectados que pusieron de manifiesto la necesidad de que Extremadura se dotase de un instrumento jurídico que, de manera integral, aborde los problemas derivados del consumo abusivo de bebidas alcohólicas.

La Ley de la Convivencia y el Ocio tiene como objeto servir de referente normativo y político para atajar los nocivos efectos que el consumo masivo de alcohol por parte de los jóvenes tiene en la sociedad, desde una perspectiva integral, proresista y no represiva, según el Gobierno extremaño.

La Ley descarta una prohibición generalizada del consumo de bebidas alcohólicas en la calle y del denominado botellón, por entender que deben prevalecer las medidas preventivas sobre las represivas, si bien esta práctica no se permitirá si afecta al descanso y la convivencia.

Por otro lado, la Ley prohibe dispensar, vender y consumir alcohol a menores de edad en cualquier lugar y el establecimiento de una serie de medidas y actuaciones para fomntar una adecuada utilización del ocio.

Además, enumera los lugares en los que no está permitida la venta, dispensación o consumo de bebidas alcohólicas y la exigencia de licencia específica para la venta de bebidas a los establecimientos comerciales que no se dediquen a la dispensación inmediata de este tipo de productos.

(SERVIMEDIA)
26 Dic 2002
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