Consumo
Facua denuncia ante Consumo a Isla Mágica, Parque Warner, Port Aventura y Terra Mítica por impedir la entrada con comida y bebida

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Facua-Consumidores en Acción ha denunciado ante el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 a Isla Mágica, Parque Warner, Port Aventura y Terra Mítica por impedir la entrada con comida y bebida con el objeto de “forzar” que se adquiera en los establecimientos o máquinas expendedoras del interior de los recintos, “a precios mucho más caros”.
Así lo anunció este martes el secretario general de la organización de consumidores, Rubén Sánchez, en una rueda de prensa en la que explicó que la asociación ha pedido a la Dirección General de Consumo del gabinete que dirige Pablo Bustinduy la apertura de expedientes sancionadores a estos parques de atracciones al considerar que, con estas prácticas, “vulneran” el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.
Facua ha realizado un seguimiento sobre las prácticas de algunos grandes parques temáticos europeos como Disneyland París y Parc Astérix, en Francia, Europa-Park, en Alemania, Legoland Windsor Resort, en Reino Unido y el Parque de los Jardines de Tivoli, en Dinamarca, para comprobar que en ellos “no se producen estos abusos en el ejercicio del derecho de admisión”.
En este contexto, puntualizó que Parque Warner “alega” unas “injustificadas razones de higiene y seguridad” en los términos de acceso publicados en su web, mientras que Terra Mítica argumenta también que lo hace por “salubridad, motivos de higiene y seguridad alimentaria” e Isla Mágica y Port Aventura “no exponen las causas por las que no permiten entrar con bebida y con comida preparada en casa o comprada fuera de los parques”.
Facua advierte de que esta limitación “no obedece a la necesidad de preservar la seguridad ni la higiene” dentro del parque “ni a ninguna otra causa objetiva”, sino “exclusivamente a motivaciones económicas y al afán de obtener mayores beneficios”.
LEGISLACIÓN
A este respecto, señaló que la prohibición del acceso con comida y bebida es una práctica “abusiva” tipificada en el artículo 86.7 de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que establece como tales las cláusulas que prevean la imposición de cualquier “renuncia o limitación de los derechos del consumidor y usuario”.
Asimismo, la asociación considera que representa una cláusula “abusiva” prohibida por el artículo 82.1 de la ley, ya que, “en contra de las exigencias de la buena fe”, causa “un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes” en perjuicio del consumidor.
“El mismo artículo indica que son abusivas las cláusulas que limiten los derechos del consumidor y resulten desproporcionadas en relación con el perfeccionamiento y ejecución del contrato”, abundó, al tiempo que subrayó que, en sus denuncias, también indica que los parques incurren en la imposición indirecta de “servicios accesorios no solicitados”, práctica prohibida en el artículo 89.4 de la ley.
(SERVIMEDIA)
29 Jul 2025
MJR/mag/clc