Consumo

Facua denuncia al Mad Cool Sunset por "quedarse con los gastos de gestión" tras cancelar el festival

MADRID
SERVIMEDIA

Facua-Consumidores en Acción denunció este martes a la promotora del festival Mad Cool Sunset 2022, Corporate Mad Group SL, por su anuncio de que no devolverá los gastos de gestión a aquellas personas que soliciten la devolución de las entradas tras la cancelación del evento.

Según Facua, la denuncia fue presentada ante la Dirección General de Comercio y Consumo de la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de la capital.

A su juicio, "los usuarios tienen derecho a la devolución íntegra de las entradas y a ser indemnizados por cualquier otro gasto en el que hayan podido incurrir relacionado con el evento".

Los organizadores del festival, que iba a celebrarse el próximo 10 de septiembre en Madrid, comunicaron este lunes que procedían a cancelar el evento tras la baja del cartel de la banda Rage Against The Machine, que tuvo que renunciar a su gira debido a problemas médicos.

En un comunicado, la promotora señaló que los usuarios tienen dos opciones: sustituir su entrada por un abono de tres días para el Andalucía Big Festival -también denunciado por Facua- o solicitar la devolución del importe de la entrada "excepto los gastos de gestión".

CLÁUSULA ABUSIVA

Según Facua, es "una cláusula abusiva" el hecho de no reembolsar los gastos de gestión, ateniéndose a lo dispuesto en el artículo 82,1 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias.

La norma establece que "se considerarán cláusulas abusivas todas aquellas estipulaciones no negociadas individualmente y todas aquellas prácticas no consentidas expresamente que, en contra de las exigencias de la buena fe causen, en perjuicio del consumidor y usuario, un desequilibrio importante de los derechos y obligaciones de las partes que se deriven del contrato".

De igual forma, el artículo 87 de la citada Ley recoge como cláusula abusiva "la retención de cantidades abonadas por el consumidor y usuario por renuncia, sin contemplar la indemnización por una cantidad equivalente si renuncia el empresario".

El mismo artículo contempla también como cláusula abusiva "el abono de cantidades por servicios no prestados efectivamente […] o la fijación de indemnizaciones que no se corresponden con los daños efectivamente causados".

Por otro lado, el artículo 24 de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, señala que los usuarios tienen derecho a "la devolución total o parcial del importe abonado por las localidades, en el supuesto de que el espectáculo o actividad recreativa sea suspendido o modificado sustancialmente".

Facua agregó que, aparte del reembolso íntegro del precio de las entradas, los usuarios afectados también tienen derecho a ser indemnizados por cualquier otro gasto en el que hayan podido incurrir relacionado con el evento (transporte, alojamiento, manutención...).

(SERVIMEDIA)
30 Ago 2022
AGQ/clc