Consumo

Facua denuncia por publicidad “engañosa” a una web que vende cursos online para “corregir milagrosamente” problemas de visión

MADRID
SERVIMEDIA

Facua-Consumidores en Acción ha denunciado ante el Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 por publicidad “engañosa” a la mercantil Healing Alchemy LLC, titular de la web volveraverclaro.com, por comercializar cursos online con los que “supuestamente” reducir y eliminar “de forma milagrosa” problemas de visión comunes como la miopía, el astigmatismo, la hipermetropía, las cataratas o la presbicia.

Así lo anunció este miércoles la organización en un comunicado en el que urgió al departamento de Pablo Bustinduy a que “ordene de inmediato” la “paralización” de la web y sus cursos “fraudulentos” por el “posible perjuicio” que pueda tener para aquellas personas que, “padeciendo un problema visual, no se estén sometiendo a los tratamientos médicos pertinentes por estar realizando esta formación online”.

Además, le instó a que realice los “controles pertinentes” para “comprobar” que la empresa está “vulnerando” la normativa vigente con su “conducta infractora” y le exija la devolución de los importes cobrados a los consumidores que hubiesen contratado en concreto el curso denominado ‘La visión natural’.

A este respecto, precisó que la web describe dicho curso como “el programa de visión natural más completo e integrado en español que mejora tu visión sin necesidad de gafas, lentillas ni operaciones”.

La entidad subrayó que, según la publicidad, además, estos resultados se obtendrían “gracias" a la práctica de ejercicios y técnicas "100% naturales, no invasivas, efectivas y científicamente validadas”.

A su juicio, resulta “especialmente grave” el hecho de que se comercialice esta “formación” como un método para que el usuario que padece algún problema de visión pueda alcanzar una “mejoría de forma natural” y criticó que quienes deseen participar en este curso “fraudulento” deben abonar 497 euros.

VULNERACIÓN DE LA LEY

La asociación acusó de publicidad “engañosa” a la empresa que está detrás de la web amparándose en la Ley 3/1991, de 10 de enero, de Competencia Desleal, según la cual se considera “desleal por engañosa cualquier conducta que contenga información falsa o información que, aun siendo veraz, por su contenido o presentación induzca o pueda inducir a error a los destinatarios, siendo susceptible de alterar su comportamiento económico”, siempre que “incida” sobre las características “principales” del bien o servicio.

Entre ellas, la ley destaca algunas como su disponibilidad, sus beneficios, sus riesgos, su ejecución, su composición, sus accesorios, el procedimiento y la fecha de su fabricación o suministro, su entrega, su carácter apropiado, su utilización, su cantidad, sus especificaciones, su origen geográfico o comercial, los resultados que pueden esperarse de su utilización o los resultados y características esenciales de las pruebas o controles efectuados al bien o servicio.

Asimismo, Facua puntualizó que el Real Decreto 1907/1996, de 2 de agosto, sobre publicidad y promoción comercial de productos, actividades o servicios con pretendida finalidad sanitaria, establece la prohibición de cualquier clase de publicidad o promoción directa o indirecta, masiva o individualizada, de productos, materiales, sustancias, energías o métodos con pretendida finalidad sanitaria “que pretendan una utilidad terapéutica para una o más enfermedades, sin ajustarse a los requisitos y exigencias previstos en la Ley del Medicamento y disposiciones que la desarrollan”.

También de aquellos que “proporcionen seguridades de alivio o curación cierta” o “atribuyan efectos preventivos o terapéuticos específicos que no estén respaldados por suficientes pruebas técnicas o científicas acreditadas y expresamente reconocidas por la Administración sanitaria del Estado”.

En paralelo, Facua advirtió de que, con estos cursos “milagrosos”, la empresa Healing Alchemy LLC también está “vulnerando” la normativa en materia de defensa de los consumidores y usuarios, de acuerdo al artículo 47 del Real Decreto-Legislativo 1/2007, que califica como infracción “las acciones u omisiones que produzcan riesgos o daños efectivos para la salud o seguridad de los consumidores y usuarios, ya sea en forma consciente o deliberada, ya sea por abandono de la diligencia y precauciones exigibles en la actividad, servicio o instalación de que se trate”.

(SERVIMEDIA)
21 Feb 2024
MJR/gja