CASTILLA Y LEÓN

LAS FARMACÉUTICAS QUE PRESENTEN MEDICAMENTOS QUE NO LLEVEN EL NOMBRE IMPRESO EN BRAILLE DEBERÁN PAGAR UNA MULTA

- Según el informe de la Ponencia de la ley del Medicamento, que se debate hoy en el Congreso

MADRID
SERVIMEDIA

Las compañías farmacéuticas que pongan a la venta medicamentos que no lleven su nombre impreso en Braille en el envase serán sancionadas con una infracción leve que les supondrá, en la práctica, una multa de entre 6.000 y 30.000 euros, según el texto de la Ponencia de la Ley de Medicamento, que se debatirá esta tarde en la Comisión de Sanidad del Congreso de los Diputados.

En una enmienda, incluida en el informe de la Ponencia de la Comisión, se indica, exactamente, que será objeto de este tipo de sanción"no incluir en los envases de los medicamentos la información en alfabeto Braille para su correcta identificación por las personas invidentes y con discapacidad visual", conforme a lo establecido en otro apartado del informe sobre el braille en los fármacos.

Este apartado señala que en "todos los envases de los medicamentos deberán figurar, impresos en alfabeto braille, todos los datos necesarios para su correcta identificación".

Además, continúa el texto, "el titular de la autorización garantizará que, previa solicitud de las asociaciones de pacientes afectados, el prospecto esté disponible en formatos apropiados para las personas invidentes o con visión parcial".

SIN RECETA

Por otra parte, el informe ha "suavizado" el punto en el que el texto original indicaba que los farmacéuticos no podrían dispensar "nunca" medicamentos que requieran receta médica a los ciudadanos que no la aportaran en el momento de su compra, según la portavoz socialista en la Comisión de Sanidad y Consumo del Congreso de los Diputados, Isabel Pozuelo,

En un desayuno con los medios de comunicación, Pozuelo explicó que lo que dice ahora el texto es que "el farmacéutico dispensará con receta medicamentos que la requieran", lo que supone "una fórmula más respetuosa con su profesión", pero que impide, igualmente, la dispensación de medicamentos que requieren receta médica cuando esta prescripción no se aporta en el momento de la compra.

En este sentido, el texto prevé revisar, en el plazo de un año, los fármacos que en la actualidad requieren receta médica.

Otra de las modificaciones recién incluidas es la clarificación de que los servicios de farmacia en los centros de Atención Primaria y en los hospitales "no van a suponer nunca servicios paralelos de farmacia", al ser únicamente de uso interno, subrayó la diputada socialista.

En cuanto a las bonificaciones y descuentos de los distribuidores a las farmacias, prohibidos en el texto del Gobierno, se permiten sólo si cumplen dos requisitos: que aparezcan los descuentos en las facturas y que esos descuentos no incentiven un producto sobre otro, indicó Pozuelo.

La diputada indicó también que no será necesario que el precio del medicamento figure en el envase, ya que el usuario tendrá, tras la compra, un recibo con el precio original del producto y con el porcentaje aportado por él.

Por último, anunció Pozuelo, la receta se editará tanto en la lengua oficial del Estado, como en las lenguas cooficiales de las comunidades autónomas que las tienen.

(SERVIMEDIA)
30 Mar 2006
IGA