El fiscal, contrario a la libertad de los policías --------------------------------------------------

MADRID
SERVIMEDIA

El abogado del Estado es partdiario de que los policías José Amedo y Michel Dominguez obtengan la libertad provisional, siempre que el tribunal dicte medidas que aseguren su comparecencia el día del juicio, según confirmaron a Servimedia fuentes de los servicios jurídicos de la Administración en la Audiencia Nacional.

El fiscal de este órgano judicial, al contrario, remitió ayer un escrito a la Sección Tercera de lo Penal, en el que vuelve a insistir "en nuestra invariable posición, por lo que solicitamos que se desetime la peticón de libertad".

El abogado de ambos policías en el proceso abierto contra ellos por las actividades de los Grupos Antiterroristas de Liberación (GAL), Gonzalo Casado, reiteró el viernes 18 su solicitud de libertad para sus clientes, ante "las dilaciones producidas por inesperadas personaciones" en la causa.

En su opinión, la prisión está causando a sus defendidos "un mal innecesario o sin utilidad justificada, por lo que, desde esta perspectiva, tiene necesariamente que primar el derecho a la liertad sobre cualquier otra consideración".

El abogado del Estado, que presentará en los primeros días de la próxima semana sus calificaciones provisionales sobre la causa, ha decidido no oponerse a esta petición, "siempre que se dicten medidas cautelares necesarias para garantizar la presencia de los inculpados en el juicio", según las fuentes consultadas.

Asimismo, considera que la concesión de la libertad provisional no debe significar una "dilación injustificada ni mayores retrasos para la celbración de la vista".

NO HABRA DEMORAS

Para el fiscal, sin embargo, no hay razones para pensar que la vista oral del proceso contra los dos policías vaya a retrasarse en exceso, por lo que considera que no es pertinente la nueva petición de libertad realizada por Casado.

Los dos argumentos utilizados por el letrado son la complejidad de las pruebas propuestas, en primer lugar, y la admisión de "inesperadas personaciones" de acusaciones particulares en el proceso, en segundo.

En opinión delrepresentante del Ministerio Público, "nadie puede cuestionar el derecho a utilizar los medios de prueba pertinentes", cuyo escenario adecuado es la vista oral, por lo que esta razón "no es atendible a los fines de la libertad provisional solicitada".

Respecto a la personación, a última hora, de tres acusaciones particulares contra los dos policías, el fiscal estima que "no existe, en este punto, dilación indebida: el tribunal actuó con impecable corrección".

EL ESTADO NO ES RESPONSABLE

En su ecrito, el acusador público pide a la sala que señale la fecha del del inicio de las sesiones del juicio oral inmediatamente después de que el abogado del Estado presente sus conclusiones provisionales.

Fuentes de los servicios jurídicos de la Administración en la Audiencia Nacional afirmaron a Servimedia que este trámite quedará resulto en los primeros días de la próxima semana, sin esperar a que concluya el plazo de diez días concedido por la sala.

El escrito de conclusiones, ya elaborado, centr sus consideraciones en rechazar la responsabilidad civil subsdidiaria del Estado en este proceso, determinada por el juez instructor de la causa, Baltasar Garzón, y ratificada por la Sección Tercera una vez decretada la apertura del juicio oral.

(SERVIMEDIA)
25 Ene 1990