LA FISCALIA DE LA AUDIENCIA NACIONAL PEDIRA LETRADOS DE OFICIO PARA LOS PRESOS ETARRAS Y SE SANCIONE A SUS ABOGADOS HABITUALES

MADRID
SERVIMEDIA

La fiscalía de la Audiencia Nacional solicitará a los magistrados de este organismo que nombren un letrado de oficio a los presos etarras en el caso e que su abogados habituales no comparezcan sin causa justificada en los juicios pendientes.

Los defensores de los terroristas anunciaron que no acudirán durante este mes a ninguna de las vistas señaladas al considerar que sus clientes no pueden ejercer el derecho a la defensa por las dificultades que los letrados tienen para acceder a las cárceles y preparar su defensa.

Según fuentes de la fiscalía, el ministerio público estima que estos motivos son ajenos al procedimiento y no se sustentan en nnguna base legal, puesto que además, la Audiencia Nacional no es el organo competente para solucionar los problemas de acceso a los recintos penitenciarios.

Los fiscales de la Audiencia Nacional se reunieron hoy para unificar criterios a la hora de adoptar medidas en el caso de que continúen las suspensiones en los próximos juicios por terrorismo. El primero de ellos está señalado para mañana contra Rosa María Arana, para la que piden 7 años de prisión por colaborar con la banda armada.

Asimismo,la semana próxima está prevista la celebración de dos juicios contra el jefe del "comando itinerante" Henri Parot y otro contra Juan Ignacio de Juana Chaos.

Según las mismas fuentes, el primer paso, en caso de supensión será el de poner en conocimiento del procesado que las causas aducidas por su abogado para no comparecer en la vista son injustificadas y tiene derecho a recurrir a un letrado de oficio.

Si el preso se niega, los fiscales estudiarán la manera de que la sala imponga el letrado de oicio, al entrar en colisión el derecho del procesado a designar su abogado con el de las víctimas a contar con un proceso sin dilaciones indebidas.

Este mismo derecho, recogido en el artículo 24 de la Constitución, es extensivo al encausado que asimismo se ve perjudicado por la inaplicación del artículo 441 de la Ley Orgánica del Poder Judicial que obliga a los jueces a impedir que queden vulnerados los derechos de los procesados.

Otra de las medidas que los fiscales solicitarán será la imposició de una sanción al letrado ausente, que puede ser de multa de hasta 100.000 pesetas, y que no se compute como tiempo de prisión preventiva los días trasncurridos mientras el proceso se dilate.

Las mismas fuentes precisaron que la postura a adoptar no será única y que se estudiarán soluciones según cada caso y el perjuicio causado a la administración de Justicia por el traslado de procesados, testigos y presos.

(SERVIMEDIA)
08 Oct 1992
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