GAL. EL JUEZ IMPONE UNA FIANZA DE 15 MILLONES A BARRIONUEVO Y LE PROHIBE ABANDONAR EL PAIS
- Móner aprecia indicios racionales de participación de Barrionuevo en el secuestro de Marey
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El juez del Tribunal Supremo Eduardo Móner, instructor del 'caso GAL', decretó hoy la libertad provisional bajo fianza de 15 millones de pesetas para el ex ministro del Interior José Barrionuevo, por su presunta participación en el ecuestro de Segundo Marey, según un auto notificado hoy en persona al propio Barrionuevo.
En dicho auto, el magistrado impone asimismo a Barrionuevo la prohibición de abandonar el territorio nacional con retirada del pasaporte, así como la obligación de pesetarse los días 1 y 15 de cada mes ante el Tribunal Supremo.
En su auto, de 8 folios, el juez señala que en la causa aparecen indicios racionales de la participación de Barrionuevo en el secuestro de Segundo Marey, "al tener evidentemente el doinio del acto, por ser precisa su autorización para mantener o no la detención de Segundo Marey".
Indica que los indicios o motivos contra Barrionuevo "se concretan en las declaraciones prestadas por los coacusados srs. Sancristóbal, Alvarez, García Damborenea y Planchuelo".
Agrega que esto fue "corroborado", además, por los careos que se practicaron entre Barrionuevo y los otros tres, "en los que, pese a la similar firmeza apreciada en todos los careadas, mientras el señor Barrionuevo mantenía ua negativa a ultranza, los otros coimputados aportaban una serie de datos complementarios que corroboraban sus testimonios -concreción de hora, medio usado para la conversación telefónica, forma de iniciar la misma, entre otros-".
Esto, a juicio del magistrado, otorga "al testimonio de estos últimos mayores garantías de verosimilitud y credibilidad a efectos de la imputación que les efetuaban".
Por ello, indica que al tener el delito que el juez imputa a Barrionuevo pena superior a la de prisión enor, dichos indicios "son bastantes" para adoptar la medida cautelar de aseguramiento del proceso, consistente en la prestación de la fianza de 15 millones de pesetas, que el magistrado ha impuesto a Barrionuevo "para seguir gozando de libertad".
El magistrado precisa que para imponer dicha medida "se atiende no sólo a la naturaleza y gravedad del delito del que presuntamente se le reputa autor, sino también a las circunstancias concretas del caso y a las personales del imputado, tomando en consideraión el arraigo profesional y social del mismo, su cualidad de diputado, así como el estimar que no tratará de sustraerse a la acción de la justicia, ponderándose también todas las circunstancias concurrentes y el lapso de tiempo transcurrido que revelan el menor interés en ponerse fuera del alcance de la autoridad judicial; así como la no obstrucción de la investigación judicial".
En su auto, el juez Móner también entiende que, en contra de las tesis de la defensa de Barrionuevo y del abogado del Estao, no ha prescrito el delito de detención ilegal, "al haberse impuesto una condición para la libertad del detenido".
De esta forma, Móner atiende la petición del fiscal del caso, que solicitó prisión eludible bajo fianza al considerar que existen indicios suficientes que implican al ex ministro en la comisión de varios delitos: detención ilegal en relación al secuestro de Segundo Marey, malversación de caudales públicos y otro delito relacionado con banda armada, aunque el magistrado no se pronuncia e su auto sobre estos dos últimos delitos.
Al entender que no existe en la actualidad alarma social por estos hechos, pese a su gravedad, el fiscal consideraba posible que el juez dejara en libertad a Barrionuevo, aunque con la condición de depositar una elevada fianza. La acción popular había pedido el ingreso en prisión incondicional del ex responsable de Interior.
José Barrionuevo llegó a la sede del Tribunal Supremo a las 9,45 de la mañana acompañado por su abogado, con el fin de que el juez l notificara el auto y le detallara las medidas cautelares que ha decidido adoptar.
(SERVIMEDIA)
12 Ene 1996
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