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García Castellón archiva la causa al presidente de Iberdrola por contratar con Villarejo, por prescripción de los delitos

MADRID
SERVIMEDIA

El juez de la Audiencia Nacional Manuel García Castellón ha acordado el sobreseimiento libre respecto del presidente de Iberdrola, Ignacio Sánchez Galán, al considerar prescritos los delitos por los que se le investigaba por la contratación del excomisario de Policía José Manuel Villarejo.

En un auto, el titular del Juzgado Central de Instrucción 6 estima la solicitud de la defensa de Sánchez Galán, hasta ahora investigado en este procedimiento por los delitos de cohecho activo continuado, delito contra la intimidad y delito continuado de falsedad en documento mercantil cometido por particular.

Según explica el magistrado, la imputación de Sánchez Galán se vincula con los proyectos ‘Arrow’ (de 2004 a 2006) ‘Black Board’ o ‘B-B’ (años 2004 y 2005) y los proyectos ‘Gipsy’ y ‘Posy’ (año 2009), cuando ejercía, primero como vicepresidente y consejero delegado de Iberdrola, y después, desde 2006, como presidente de la compañía. Los trabajos, expone el auto, se habrían realizado por Villarejo a través del Grupo Cenyt mientras se encontraba en servicio activo en el Cuerpo nacional de Policía.

García Castellón basa el archivo de la causa respecto de Sánchez Galán en el auto de la Sección Tercera de la Sala Penal 266/2022, del pasado 3 de junio, en el que los magistrados resolvían el recurso de apelación de otro investigado por delitos de cohecho activo, contra la intimidad y continuado de falsedad en documento mercantil cometido por particular por hechos que tuvieron lugar hasta el mes de marzo de 2009.

En ese auto de la Sala, relativo al directivo Rafael Orbegozo, los magistrados indicaban que “es evidente que el único hecho atribuido a (…) estaría prescrito conforme a los arts. 130.6 y 131 y 132.1 del Código penal, al haber transcurrido más de diez años entre marzo de 2009 y el 23 de junio de 2021 que es cuando el procedimiento se dirige contra (…) al citarle para ser oído como investigado>”. Por tanto, la Sala acordó la prescripción como circunstancia extintiva de la responsabilidad y el sobreseimiento libre.

“La contundencia de esta resolución no deja margen de actuación a este instructor, quien de forma reiterada había desestimado las solicitudes de sobreseimiento y archivo efectuadas por el investigado sr. Sánchez Galán, en diferentes resoluciones (la última de ellas el 11/03/2022”, señala el juez.

MÁS DE DIEZ AÑOS

García Castellón indica que la participación de Sánchez Galán en los hechos investigados comprendería un periodo temporal que llegaría hasta el año 2009, por lo que atendido el tenor literal del auto de la Sección Tercer referido “debemos constatar que han transcurrido más de diez años entre la fecha en que se cometió el último hecho imputado y la de su citación como investigado”.

“Puede concluirse conforme a los argumentos transcritos que los delitos imputados a José Ignacio Sánchez Galán estarían prescritos, por lo que no cabría otra opción más que declarar la presencia de esta circunstancia extintiva de la responsabilidad, y con ello decretar el sobreseimiento libre”, finaliza el magistrado.

En el mismo auto y con el mismo argumento, el magistrado también acuerda el sobreseimiento respecto de otros dos investigados, José Luis San Pedro Guerenabarrena y Juan Carlos Rebollo en cuanto al delito de cohecho, si bien por el de coacciones en relación de la denuncia del directivo Del Olmo, acuerda remitirlo a un juzgado de Bilbao por no ser competente para instruir estos hechos.

El pasado mes de mayo, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional rechazó el recurso de Sánchez Galán contra su imputación por los presuntos espionajes que la eléctrica encargó a Villarejo. El directivo había solicitado el sobreseimiento libre por la prescripción de los delitos, que ahora ha acordado el instructor. A Galán se le imputaban delitos de cohecho activo continuado, contra la intimidad y falsedad en documento mercantil cometida por particular.

La Sala afirmaba que "si se trata de delitos conexos, de un delito continuado, de distintos delitos o se hay concurso entre ellos, es cuestión transcendente para determinar si se ha producido la prescripción y que ha de dilucidarse una vez finalizada la instrucción o en el juicio oral, pero no en este momento".

En su recurso, el presidente de Iberdrola pedía también que se investigara un supuesto acceso ilícito a sus "conversaciones privadas" por parte de Villarejo, pero la Sala rechazó esta idea, señalando que las anotaciones del comisario en una agenda personal intervenida en un registro policial era un documento privado en el que sólo se indicaba que Galán “participó en un almuerzo con determinadas personas y del contenido de las conversaciones que mantuvieron, información que puede obtenerse de forma lícita de muchos modos sin que conste de modo indiciario que no fuera así".

(SERVIMEDIA)
23 Jun 2022
SGR/gja