Energía
El Gobierno aprueba un decreto con el que Competencia elaborará informes cada tres meses sobre el control de tensión
- Red Eléctrica elaborará propuestas de modificación normativa frente a oscilaciones de potencia
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El Consejo de Ministros aprobó este martes un real decreto que establece medidas de supervisión y control sobre las obligaciones de control de tensión de los agentes del sector eléctrico y que implica que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) elaborará un informe trimestral de carácter público y un plan de inspección extraordinario de las capacidades de reposición del suministro, que repetirá cada tres años.
Según informó el Ministerio de Transición Ecológica y Reto Demográfico en una nota de prensa, el decreto también recupera varias disposiciones del decreto-ley sobre el apagón. La norma “aumentará la resiliencia del sistema eléctrico y facilitará aprovechar las oportunidades de la transición ecológica, mediante el fomento del almacenamiento de energía, la repotenciación de instalaciones y la aceleración de la electrificación de la economía”, según el Ministerio.
Por otro lado, el operador del sistema –Red Eléctrica– elaborará propuestas de modificación normativa sobre las respuestas frente a las oscilaciones de potencia, sobre la velocidad de variación de tensiones, sobre la programación de las restricciones técnicas y sobre otros elementos, así como la definición de un procedimiento para monitorizar incidentes, y otro procedimiento para coordinar los planes de desarrollo de la red de transporte y la red de distribución.
Estas propuestas deberán estar listas en plazos de tres a seis meses. Las reformas normativas subsiguientes serán analizadas por parte de los organismos competentes y, en su caso, tras las correspondientes valoraciones, las aprobarán en menos de seis meses.
El decreto también facilita incorporar al sistema eléctrico el almacenamiento de energía, que debe alcanzar una potencia de 22,5 gigavatios (GW) en 2030, según las previsiones del Plan Nacional Integrado de Energía y Clima 2023-2030. Así, prioriza las hibridaciones de módulos de almacenamiento con plantas de generación cuando aquellos se ubiquen en el terreno ocupado por la instalación original. Al objeto de impulsar la electrificación, la norma fomenta la conexión a las redes de nuevas actividades económicas, principalmente industriales, al fijar la caducidad de los derechos de acceso y conexión para demanda a los cinco años de haber sido otorgados, previniendo el acaparamiento y la especulación.
También impulsa la demanda de electricidad al acotar los plazos de respuesta de las distribuidoras a la hora de poner en marcha las extensiones de red, por ejemplo, para la recarga de vehículos eléctricos. En suelo urbanizado, las compañías tendrán un plazo de cinco días si no hay que ampliar la red, de 30 días si se precisa esta ampliación, de 60 días si hay que construir un centro de transformación y de 80 días como máximo si hay que construir varios centros.
El decreto incorpora otros elementos de contenido técnico al ordenamiento jurídico, como son la definición de repotenciación de la normativa europea –a grandes rasgos, la renovación de instalaciones con nuevas tecnologías– y el desarrollo, en el plazo de nueve meses, de una hoja de ruta nacional para la dinamización de la repotenciación.
(SERVIMEDIA)
04 Nov 2025
MMR/clc


