EL GOBIERNO APUESTA POR LA REDUCCION DE LOS RESIDUOS DE LOS APARATOS ELECTRICOS Y ELECTRONICOS
- Los costes de la gestión correrán a cargo del productor del aparato.
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El Gobierno aprobó hoy en Consejo de Ministros un real decreto sobre aparatos eléctricos y electrónicos y la gestión de sus residuos, con el que se pretende mejorar el comportamiento ambiental de todos los agentes (productores, distribuidores y usuarios) que intervienen en el ciclo de vida de estos aparatos, así como el de aquellos implicados en la gestión de los residuos derivados de estos aparatos.
El Real Decreto incorpora al derecho interno dos Directivas comunitarias de 27 de enero y de 8 de diciembre de 2003 y establece medidas de prevención desde la fase de diseño y fabricación de los aparatos para limitar la inclusión en ellos de sustancias peligrosas, que serán exigibles a los que salgan al mercado a partir del 1 de julio de 2006.
La norma determina también cómo gestionar estos aparatos para minimizar la afección ambiental de sus residuos, con especial consideración de los procedentes de hogares particulares, por su porcentaje mayoritario en el cómputo total de residuos.
El Real Dcreto establece que los últimos poseedores podrán devolver los aparatos, sin coste, a los distribuidores o a las entidades locales. Posteriormente los productores deberán hacerse cargo de ellos y proceder a su correcta gestión, bien directamente o mediante gestores autorizados.
Asdemás, en aplicación del principio "quien contamina paga", el productor debe hacerse cargo de los costes de la gestión, incluida la recogida desde las instalaciones de almacenamiento temporal establecidas por los entes locales o desde los distribuidores, de los residuos que se generen tras el uso de los aparatos eléctricos o electrónicos que se pongan en el mercado a partir del 13 de agosto de 2005.
A partir de esa fecha, los aparatos que se pongan en el mercado se marcarán para identificar a su productor y se etiquetarán con el símbolo indicativo de la necesaria recogida selectiva y diferenciada del resto de residuos urbanos, según el estándar europeo desarrollado para este fin.
Finalmente, se establecen los requisitos técnicos tanto de las instalaciones de recepción, incluso provisional, como los de las instalaciones de tratamiento de residuos y se determina la información que los distintos agentes económicos deben remitir a las comunidades autónomas y al registro de establecimientos industriales, así como la que éstos deben enviar al Ministerio de Medio Ambiente para su remisión a la Unión Europea.
(SERVIMEDIA)
25 Feb 2005
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