Seguridad Social

El Gobierno prorroga un año la regulación del contrato de relevo

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó este miércoles una prórroga de la regulación actual de la jubilación parcial con contrato de relevo en la industria manufacturera hasta el próximo 31 de diciembre de 2024.

Así, se seguirá aplicando esta regulación para trabajadores con alto esfuerzo físico con al menos seis años de antigüedad en la empresa y siempre que en el momento de jubilación el porcentaje de trabajadores en la empresa con contrato indefinido supere el 70% de la plantilla. La reducción de jornada se mantiene entre 25% y 67%.

Se trata de una de las medidas que se incluyen en un real decreto-ley que también revaloriza de forma generalizada un 3,8% las pensiones. La prórroga del contrato relevo era, además, una exigencia de los sindicatos y la patronal para dar “certidumbre” a empresas y trabajadores hasta que el Ministerio de Seguridad Social y los agentes sociales alcancen un acuerdo para establecer una nueva regulación.

LA PALMA

Respecto a las medidas de apoyo para los afectados por la erupción del volcán de Cumbre Vieja, con este real decreto-ley se prorroga el aplazamiento con condiciones más ventajosas del pago de cuotas a la Seguridad Social cuyo devengo tenga lugar entre los meses de enero a marzo de 2024, en el caso de empresas, y entre los meses de febrero a abril de 2024, en el caso de trabajadores autónomos.

También se ha aprobado la prórroga durante 6 meses de la prestación especial por cese de actividad para los autónomos como consecuencia directa de la erupción volcánica registrada en la zona de Cumbre Vieja de La Palma.

Asimismo, se mantiene la exención del 100% en la cotización aplicable a los ERTE por fuerza mayor en las unidades poblacionales de Puerto Naos y la Bombilla -dada la continuada incidencia del volcán en la activas en dichas poblaciones- sobre la aportación empresarial por contingencias comunes y por conceptos de recaudación conjunta cuyo devengo se produzca en los meses de enero a junio de 2024.

FORMACIÓN

Por otro lado, el real decreto permite la posibilidad de la suscripción de un convenio especial para investigadores. En concreto, se refiere a la adopción de disposiciones normativas oportunas que posibiliten de manera extraordinaria la suscripción de un convenio especial, a solicitud de los interesados, que permita ampliar, hasta un máximo de 5 años, el cómputo como cotizado de los periodos de formación.

Se refiere a aquellos graduados universitarios, con los correspondientes estudios oficiales de doctorado -fechados antes del 4 de febrero de 2006-, que hayan participado en programas de naturaleza investigadora, tanto en España como en el extranjero.

También se amplía el periodo para que se den las altas y bajas en la Tesorería General de la Seguridad Social de las prácticas formativas y facilitar así los trámites de esta medida para ampliar la protección de los jóvenes.

(SERVIMEDIA)
27 Dic 2023
DMM/clc