Agricultura

Hacienda publica la rebaja de módulos para el campo, con una reducción general del 25%

- Esta rebaja fiscal supone una reducción de la base imponible estimada en 1.807 millones de euros, la de mayor alcance de la última década

MADRID
SERVIMEDIA

El Ministerio de Hacienda y Función Pública publicó este martes en el BOE una orden por la que se reducen los Índices de Rendimiento Neto aplicables en 2022 en el sistema de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), el denominado sistema de módulos, para agricultores y ganaderos.

La disposición recoge la propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) de minoración de estos índices teniendo en cuenta la incidencia de la sequía y otras circunstancias excepcionales que afectaron a la rentabilidad de muchas explotaciones agrícolas y ganaderas durante 2022, como la guerra en Ucrania, que causó un encarecimiento de los costes de producción.

La orden establece una reducción general del rendimiento neto del 25% que podrán aplicarse los aproximadamente 800.000 agricultores y ganaderos que tributan por el sistema de módulos. Determinados sectores en situación más vulnerable se benefician además de reducciones específicas, que son del 50 % en el caso del olivar, el almendro y la apicultura, y del 30 % para cereales, oleaginosas y leguminosas, castaño, melocotón, nectarina, albaricoque y los demás sectores ganaderos.

Se estima que el conjunto de las reducciones contempladas en la orden publicada este martes supone una rebaja de la base imponible del orden de 1.807 millones de euros, y es la de mayor alcance de la última década.

La orden permite también que los declarantes en Estimación objetiva agraria del IRPF puedan minorar el rendimiento neto previo un 35 % por adquisición de gasóleo agrícola, y un 15 % por compra de fertilizantes, según lo establecido en la Orden HFP/1172/2022, de 29 de noviembre, que desarrolla el método de estimación objetiva del IRPF para 2023.

Además, se mantienen las reducciones de los índices correctores que se establecieron el año pasado por piensos adquiridos a terceros y por cultivos en tierras de regadío que utilicen energía eléctrica. Concretamente se establece en un 0,5 el índice aplicable a las actividades ganaderas que alimenten el ganado con piensos y otros productos adquiridos a terceros, siempre que representen más del 50 % del importe de los productos alimenticios consumidos, y se aplica tanto a los sectores ganaderos intensivos como a extensivos. El índice corrector por cultivos en tierras de regadío que utilicen energía eléctrica se reduce a 0,75.

(SERVIMEDIA)
25 Abr 2023
JRN/gja