EL GOBIERNO REGULA LA FIRMA ELECTRONICA
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Consejo de Ministros ha aprobado el decreto-ley sobre la firma electrónica con lo que se dará a ésta eficacia jurídica y se regula el régimen aplicable y las condiciones para prestar los servicios de certificación en España.
El objeto que persigue el texto legislativo es estabecer una regulación clara del uso de la firma electrónica que recogerá un conjunto de datos que permitirán la identificación del usuario y tendrá el mismo valor jurídico de la firma manuscrita, teniendo validez como prueba en juicio.
El Real Decreto-Ley, que viene a llenar el vacío legal existente en la materia, dará mayor seguridad a las comunicaciones y, en especial el comercio electrónico a través del ordenador.
El ciudadano, a través de la firma electrónica, podrá realizar transacciones econóicas y relacionarse con la Administración con la máxima eficacia jurídica.
Esta medida posibilitará que a través del ordenador se puedan obtener documentos como el carnet de conducir, pasaporte, certificados de nacimiento, de penales, etc..., sin salir del domicilio.
(SERVIMEDIA)
17 Sep 1999
A