Animales
El Gobierno regulará qué especies exóticas pueden convivir como animales de compañía
- Lanza a información pública la norma que regulará los listados positivos de animales de compañía permitidos
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030 inició este viernes el proceso de información pública del proyecto de real decreto que desarrollará el listado positivo de animales de compañía y también el de especies domésticas de compañía.
Ambos listados son dos herramientas que contempla la Ley de Bienestar Animal, cuyo grueso entró en vigor el 29 de septiembre de 2023, para establecer qué especies podrán ser mantenidas como animales de compañía en los hogares españoles.
Esa ley indica que, en un plazo máximo de 24 meses tras su entrada en vigor, el Gobierno debe aprobar el reglamento que desarrolla el listado positivo de animales silvestres que pueden ser objeto de tenencia como animal de compañía.
El texto publicado este viernes por la Dirección General de Derechos de los Animales desarrolla el procedimiento de inclusión o exclusión de especies en estos listados y concreta los criterios técnicos que se tendrán en cuenta para aprobar las sucesivas listas de mamíferos, aves, reptiles, anfibios, peces e invertebrados que establece la mencionada ley.
De esta forma, el Gobierno elaborará el listado positivo de animales en base a esos criterios y a partir del dictamen que elabore el Comité Científico y Técnico para la Protección y Derechos de los Animales, órgano interministerial formado, además de por Derechos Sociales, por los ministerios de Transición Ecológica y Reto Demográfico, de Sanidad, y de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Este listado positivo sigue la estela de la normativa vigente en otros países europeos en el que ya está vigente esta herramienta para garantizar el bienestar de los propios animales y combatir el comercio ilegal de especies exóticas desde terceros países.
Entre los países que ya cuentan con esta regulación se encuentran Bélgica, Países Bajos, Luxemburgo, Chipre, Croacia, Noruega, Lituania o Malta, mientras que Francia, Finlandia y Eslovenia están desarrollando la normativa necesaria para su implantación.
(SERVIMEDIA)
17 Abr 2026
MGR/gja


