UN HOMBRE QUE GOLPEO EN LOS TESTICULOS A UN GUARDIA CIVIL, CONDENADO A TRES AÑOS DE CARCEL POR EL SUPREMO
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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha condenado a tres años de prisión y a pagar 2 millones de pesetas de indemnización a un ombre que dió una patada en los testículos a un guardia civil, además de romperle la nariz y las costillas y golpearle la cabeza contra un bordillo, después de que el agente le pidiese la documentación, sin haberse identificado previamente como miembro de la Benemérita.
Los hechos a los que se refiere la sentencia ocurrieron en el bar alicantino "Mon Amour", en agosto de 1997, cuando el guardia civil J.C.Godoy, sin advertir previamente que era miembro de la Benemérita, pidió a Francisco Sánchez Ramíre que se identificase.Este hombre se negó a entregar su documentación y respondió "golpeando de una patada en los testículos al agente" y propinándole múltiples puñetazos y puntapiés en la cara y costado.
Cuando el guardia civil cayó al suelo "con los ojos ensangrentados", el agresor inmovilizó al agente con las rodillas "y le golpeó la cabeza contra un bordillo". Como consecuencia de la paliza, la víctima sufrió diversas fracturas en las costillas y en los huesos de la nariz, traumatismo ocular y una osterior depresión.
Una vez detenido, el agresor llamó "cabrones y putas" a los dos guardias civiles que le llevaban a la cárcel, tras ser atendido en un centro de salud para que le examinasen las marcas que le habían dejado los grilletes. Además, escupió y dió patadas a uno de los agentes, quien sólo tuvo lesiones leves.
El agresor fue condenado por la Audiencia Provincial de Alicante a tres años de prisión y a cinco fines de semana de arresto por un delito y una falta de lesiones contra los dosguardias civiles, a quienes debía pagar 827.525 pesetas y 4.500 pesetas, respectivamente. Además, el tribunal le obligó a abonar a la Dirección General de la Benemérita los haberes que ésta tuvo que pagar a la primera víctima durante el tiempo que tardó en sanar de las heridas físicas.
El Supremo ratifica esta sentencia de la Audiencia Provincial de Alicante y además endurece la indemnización a la primera víctima, fijándola en 2.000.000 pesetas.
En este sentido, el Alto Tribunal considera que la udiencia Provincial de Alicante se equivocó al valorar "exclusivamente" las secuelas post-traumáticas físicas de la "brutal" agresión, cuando también debió tener en cuenta las consecuencias psicológicas.
(SERVIMEDIA)
03 Jul 1999
VBR