LOS IMPUESTOS QUE GRAVAN LA VIVIENDA AUMENTAN SU PRECIO UN 10
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Los impuestos y servicios obligatorios que comporta la compra de una vivienda encarecen un 10% su precio, según ha manifestado hoy el presidente de la Asociación Española de Asesores Financieros y Tributarios, Juan Carlos Para.
Una situación que exige una reforma en profundidad para aligerar la carga impositiva de la vivienda que no sólo se soporta en el momento de la compra sino mientras se mantenga sus posesión.
Según esta asociación, que ha elaborado un infome sobre este asunto, el sector de la vivienda es uno de los más gravados fiscalmente, tanto por la administración central como la administración local, siendo como es uno de los que tienen mayor aportación al producto interior bruto y a la creación de empleo.
El informe establece diversas propuestas, comenzando por la coordinación de todas las administraciones que tienen competencia en esta materia.
Los asesores fiscales creen que debe suprimirse la imputación de rendimientos presuntos por la poesión de la vivienda, puesto que ya está gravada en el IRPF y supone, de hecho, una doble tributación por un mismo hecho imponible.
Sin embargo, estarían de acuerdo en mantener esta imputación de ingresos para segundas viviendas y viviendas desocupadas.
Asímismo, proponen fórmulas para limitar la deducción por vivienda habitual en el IRPF. Entre las medidas que barajan están la de establecer un tope de renta a partir del cual no se aplicaría la deducción; la de cambiar el actual límite del 30% dela base liquidable fijando escalones distintos en función de la cuantía de las rentas; o limitar la cantidad total que a lo largo de su vida puede deducir una persona.
Junto a ello, debría actuarse sobre la fiscalidad del alquiler de vivienda, elevando los límites máximos de la deducción, junto con mayores exigencias de identificación para los arrendadores.
Adicionalmente, proponen que el Impuesto sobre transmisiones se aplique sólo al incremento de valor que resulte de la compraventa de vivendasy no sobre el precio total de la vivienda, ya que el valor inicial ha sido gravado ya con el IVA en la primera transmisión.
(SERVIMEDIA)
19 Feb 1996
JCV