Avance

Justicia

Los 'influencers' estarán obligados a rectificar informaciones falsas o bulos

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo de Ministros aprobó este martes, en segunda vuelta, la nueva Ley Reguladora del Derecho a la Rectificación, que sustituirá a la ley vigente, de 1984. La reforma, que ya pasa al Congreso, incluye a los "usuarios de especial relevancia" o 'influencers", que también estarán obligados a rectificar "aquellas informaciones que se publiquen en plataformas en línea o en redes sociales".

Así lo confirmó el ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, durante su intervención en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros. Según explicó, con esta reforma se adapta la ley a los nuevos medios de comunicación existentes, se refuerza la "efectividad del derecho a la rectificación" y se mejora y agiliza el "procedimiento judicial que se abre una vez que el derecho a la rectificación se ejercita, pero el medio de comunicación no lo admite".

"La frecuencia y la gravedad de de los bulos y de las mentiras que en ocasiones sufrimos es cada vez mayor y esto debemos de acometerlo con una legislación que se adapte al ecosistema mediático y al sistema de información, que no siempre es en medios de comunicación tradicionales", señaló el ministro. Una reforma esta que forma parte del Plan de Acción por la Democracia del Gobierno.

Así, entre las principales novedades, está esa inclusión de plataformas en línea y redes sociales a las que los ciudadanos podrán exigir una rectificación. En este último caso, la norma se aplicará a lo que se ha denominado usuarios “de especial relevancia” por su número de seguidores, los 'influencers' . En concreto, afectará a los que tengan "más de 100.000 seguidores en una red social o más de 200.000 seguidores sumando todas las redes sociales de esa persona", explicó Bolaños.

Al mismo tiempo, obliga tanto a los medios digitales como a los 'influencers' a disponer de un "mecanismo accesible y visible que permita enviar fácilmente la solicitud de rectificación". Además, se amplía de siete a diez días el plazo para solicitar la rectificación en el caso de los medios tradicionales y hasta los 20 días en lo que se refiere a medios digitales o redes sociales.

Bolaños también explicó que se suprime "la obligación de dirigir las solicitudes de rectificación a los directores de los medios de comunicación", bastando con "remitir la solicitud al medio de comunicación para que se gestione". En el caso de las plataformas en línea o de las redes sociales, "a la persona que ejerza el control efectivo sobre ese usuario o sobre la información que se ha publicado".

Mientras, en el caso de personas fallecidas , podrán solicitarlo sus ascendientes, descendientes, hermanos, cónyuge o pareja, o quienes hayan sido designados expresamente.

(SERVIMEDIA)
13 Ene 2026
FCM/gja