UN JUEZ ARCHIVA LA QUERELLA PRESENTADA CONTRA UN OBJETOR QUE NO SE PRESENTO A CRUZ ROJA PARA LA PRESTACION SOCIAL

BARCELONA
SERVIMEDIA

El titular del juzgado de instrucción número 23 de Barcelona, José Joaquín Pérez-Beneyto, ordenó hoy archivar la querella presentada por el fiscal en diciembre de 1991, contra Nicolás Guerra Zaldua, por no comparecer en la Cruz Rja, donde debía prestar el servicio social sustitutorio.

Para el juez, el objetor "no vulneró el derecho de la defensa nacional porque hacer la prestación social sustitutoria en la Cruz Roja con un trabajo burocrático no tiene nada que ver con la defensa nacional en su modalidad de defensa civil".

El acta de archivo incluye también que "la Constitución permite al legislador imponer una prestación social sustitutoria al objetor, aunque no lo obliga a ello".

El juez estima que "la defensa nacinal es un bien jurídico protegido tanto en su faceta militar como de defensa civil", pero entiende que en este caso, al no presentarse el joven a su puesto asignado para la prestación social sustitutoria, "no se ha vulnerado la defensa nacional".

Según Pérez-Beneyto, la Constitución "establece el derecho y el deber de defender a España, y el servicio militar y la prestación social son concreciones del deber general y no dos fórmulas alternativas de cumplir el deber".

(SERVIMEDIA)
11 Mar 1992
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