Elecciones generales
La Junta Electoral expedienta a Sánchez por hacer campaña desde La Moncloa
- Se expone a una multa de hasta 3.000 euros
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
La Junta Electoral Central (JEC) ha abierto un expediente sancionador al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por una posible vulneración del deber de neutralidad institucional en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros del pasado 6 de octubre, en la que presentó los nuevos reales decretos-leyes de vivienda. El jefe del Ejecutivo se expone a una multa de entre 300 y 3.000 euros.
En un acuerdo adoptado este jueves, la JEC estima parcialmente las denuncias presentadas por el Partido Popular y Se Acabó La Fiesta (SALF), el partido de Alvise Pérez, y considera que determinadas manifestaciones de Sánchez “podrían haber vulnerado” el artículo 50.2 de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg), “sin prejuzgar la responsabilidad que pueda determinarse en el correspondiente procedimiento sancionador”.
El órgano electoral requiere además a la Presidencia del Gobierno que retire de la web de La Moncloa y de los demás canales oficiales las declaraciones de Sánchez que señala como contrarias al deber de neutralidad institucional.
La Junta Electoral entiende que Sánchez “no se limitó a informar sobre el contenido de los reales decretos-leyes aprobados”, sino que introdujo valoraciones sobre la actuación de su Gobierno, críticas a los partidos de la oposición y referencias a la necesidad de obtener una nueva mayoría parlamentaria.
Entre las manifestaciones cuestionadas, recoge sus alusiones a los resultados económicos, al número de leyes aprobadas durante la legislatura, al incremento de la hucha de las pensiones y al aumento de los presupuestos destinados a vivienda. También señala su afirmación de que, con el rechazo parlamentario a los anteriores decretos, “cayeron las caretas de los grupos parlamentarios”.
Asimismo, destaca que pidió una mayoría parlamentaria más amplia, motivo por el que PP denunció que aquello se trataba de “un mitin” desde La Moncloa. “Necesitamos una mayoría más rotunda, más contundente, si queremos llegar más lejos y queremos llegar antes en la respuesta a la crisis de la vivienda”, dijo durante la rueda de prensa.
La Junta Electoral sostiene que estas manifestaciones “exceden de la exposición objetiva de los acuerdos adoptados por el Consejo de Ministros”. Recuerda que el presidente puede defender su posición política y criticar las de otras formaciones, pero “prevaliéndose de los medios públicos de los que dispone en razón de su cargo” cuando hay un proceso electoral en curso. E insiste en que las preguntas de los periodistas no justifican introducir descalificaciones de los adversarios contrarias a la neutralidad exigida.
HASTA 3.000 EUROS
La representación del presidente del Gobierno solicitó el archivo de las denuncias al defender que la comparecencia tenía por objeto informar sobre unas medidas de evidente interés público y que su explicación no podía separarse del debate político y parlamentario que había precedido a su aprobación.
En sus alegaciones, remarcó que las referencias a la oposición y a la necesidad de nuevas mayorías formaban parte de la explicación del contexto político que motivó la convocatoria electoral y del debate sobre vivienda, sin constituir una petición de voto. La JEC, sin embargo, acordó hoy incoar el expediente y designó como instructora a la magistrada Carmen Lamela.
Sánchez dispone de diez días hábiles desde la notificación para presentar alegaciones, aportar documentación y proponer pruebas en su defensa.
El acuerdo contempla la posibilidad de abonar voluntariamente 2.400 euros antes de la resolución del expediente, con la condición de desistir o renunciar a acciones o recursos en vía administrativa contra la sanción.
Si además reconoce su responsabilidad dentro del plazo establecido y procede aplicar ambas reducciones, el importe quedaría en 1.800 euros.
El órgano electoral insta también al presidente a respetar el deber de neutralidad durante el periodo electoral y a abstenerse de reiterar manifestaciones de esta naturaleza en actos institucionales. Recuerda que ya ha sido sancionado anteriormente por vulneraciones del artículo 50.2 de la Loreg y que, por tanto, debía conocer suficientemente las exigencias de la legislación electoral.
El PP, que presentó su denuncia el mismo 6 de octubre, acogió la apertura del expediente como la “primera victoria conseguida” en la precampaña y acusó a Sánchez de hacer “trampas desde el mismo momento en que se convocan las elecciones”.
(SERVIMEDIA)
15 Oct 2026
PTR/PAI/clc


