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La Junta de Fiscales de Sala avala el criterio del fiscal general sobre la revisión de sentencias por la ley del 'sólo sí es sí’

MADRID
SERVIMEDIA

La Junta de Fiscales de Sala del Tribunal Supremo avalaron este jueves el criterio del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, sobre la revisión de sentencias por delitos contra la libertad sexual, en aplicación de la conocida como ley del 'sólo sí es sí’, recogido en el borrador de Circular sobre la reforma de los delitos contra la libertad sexual en la ley aprobada el pasado 6 de septiembre.

Los Fiscales de Sala introdujeron mejoras técnicas en la propuesta de texto del fiscal general del Estado, sometido hoy a informe, que se tendrán en cuenta para la redacción final de la circular. Su publicación se hará efectiva en los próximos días.

Asimismo, respaldaron la oportunidad de la publicación de esta circular, cuya regulación sobre la revisión de sentencias condenatorias por delitos contra la libertad sexual contó con el consenso total de la Junta.

Por otra parte, el fiscal general del Estado oyó el parecer de la Junta en relación con la consulta realizada por el Fiscal Jefe de la Audiencia Nacional sobre la prescripción del ‘caso Miguel Ángel Blanco’ que instruye el Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional.

La Junta apoyó la respuesta del fiscal general del Estado de que la prescripción de los hechos investigados se determinará “en el momento procesal oportuno ante la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, una vez haya sido recabado todo el material probatorio y documental que pueda coadyuvar a conformar una tesis concluyente”.

Desde la entrada en vigor de la nueva ley el pasado 7 de octubre se han revisado cientos de condenas por delitos sexuales de las que más de 700 se han sustanciado con rebajas de pena porque la nueva ley era más favorable al reo. Según estos datos facilitados por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) esas rebajas han supuesto la excarcelación de 74 condenados que con arreglo a los nuevos cómputos habían cumplido su condena.

Ante la avalancha de recursos, el fiscal general del Estado emitió el pasado mes de noviembre un decreto en el que indicaba a los fiscales que debían defender el mantenimiento de penas cuando pudieran estar amparadas en la nueva ley y evitar en lo posible rebajas automáticas.

En esa línea, la Fiscalía General del Estado instaba a todos los miembros del Ministerio público a rechazar la revisión de las condenas firmes que pudieran acogerse al nuevo marco legal y a analizar caso por caso para evitar automatismos. Sólo cuando las penas que habrían correspondido al reo fueran de “muy inferior duración” con la nueva ley del 'sólo sí es sí’, se avalaría la revisión.

El borrador de circular analizado este jueves contempla en el caso de que se rebaje la pena la aplicación de “la pena de libertad vigilada, de la privación de la patria potestad o la inhabilitación especial para el ejercicio de los derechos de la patria potestad sobre los hijos presentes y futuros, tutela, curatela, guarda o acogimiento, así como para empleo o cargo público”.

Insiste igualmente en que contra las revisiones de condena cabe interponer recursos y recuerda que la nueva legislación sobre agresión sexual pivota sobre el concepto de consentimiento y no sobre la idea de que existió en el acto “violencia, intimidación o abuso de superioridad”.

MIGUEL ÁNGEL BLANCO

Además, en esta Junta de Fiscales de Sala se trató la consulta del fiscal jefe de la Audiencia Nacional, Jesús Alonso, sobre la prescripción del secuestro y asesinato del concejal del PP en Ermua Miguel Ángel Blanco por ETA, en relación a la investigación que se desarrolla en la Audiencia Nacional contra la cúpula de la banda por estos hechos.

El diferente criterio sobre la prescripción dentro de la Fiscalía se materializó cuando el entonces fiscal del caso, Vicente González Mota, solicitó ser relevado el pasado verano por entender en contra de sus superiores en la Audiencia que el crimen no estaba prescrito.

Ahora, la Junta de Fiscales apoya el criterio de García Ortiz que defiende que la posición de la Fiscalía respecto de la prescripción de los hechos “se determinará en el momento procesal oportuno”, cuando “haya sido recabado todo el material probatorio y documental”.

Recientemente, la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional rechazó el recurso de apelación presentado por el exjefe de ETA Ignacio Miguel Gracia Arregui, ‘Iñaki de Rentería’, que esgrimía la prescripción del asesinato cometido en 1997. Sin embargo, la Sala confirmó la condición de imputado del etarra, aludiendo a la jurisprudencia del Tribunal Supremo que la prescripción deberá ser dirimida por “el tribunal sentenciador después de la celebración del juicio oral” en el fallo.

(SERVIMEDIA)
16 Mar 2023
SGR/clc