Burka
Junts señala que la ley de Vox sobre el burka está “muy mal hecha” y defiende la suya para prohibirlo
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La portavoz de Junts en el Congreso, Miriam Nogueras, señaló este martes que la proposición de ley impulsada por Vox para prohibir el burka y el nicab, cuya toma en consideración se debate y vota hoy, está “muy mal hecha” y “no pasa ni un solo filtro europeo” y defendió la que acaba de presentar su partido en la Cámara Baja para la prohibición del burka y los velos integrales.
Así lo indicó Nogueras en declaraciones ante los medios desde el Congreso, después de que su partido registrase su proyecto de ley orgánica sobre la regulación del uso de velos integrales y la delegación a Cataluña de competencias estatales en materia de seguridad e identificación de personas.
Nogueras aclaró que el posicionamiento de Vox ante la iniciativa de los de Santiago Abascal es “ni burka ni Vox” y criticó que esta “no pasa ni un solo filtro europeo”, por lo que “no se podría aplicar”. Sin embargo, la que presentó hoy su partido propone prohibir “el burka, los velos integrales en general”.
Su norma, aseguró, “responde a los valores que tenemos en Cataluña y pasa los filtros europeos”. “De aquí poco más de un mes puede debatirse en el Congreso, aprobarse y aplicarse. Es evidente que los partidos de ultraderecha saben gritar mucho, pero también que no saben hacer leyes”, concluyó.
INICIATIVA
En la exposición de motivos, Junts explica que su objetivo es “regular la utilización en el espacio público de prendas que cubran total o sustancialmente el rostro cuando impidan la identificación de la persona, en atención a razones de protección de derechos fundamentales, la igualdad efectiva entre hombres y mujeres, la seguridad pública y la convivencia democrática”.
La norma, dice el partido de Carles Puigdemont, parte del “pleno reconocimiento de la libertad religiosa e ideológica en una sociedad plural”, pero recuerda que “ningún derecho es absoluto y debe ejercerse en armonía con otros bienes protegidos como la igualdad, la dignidad humana y la seguridad”.
Según recoge la iniciativa, determinadas prendas de vestir que cubren íntegramente el rostro proyectan un mensaje “incompatible con el ideal de igualdad: convierten a la mujer en una presencia negada o condicionada, relegándola a una posición de inferioridad y de no participación en condiciones de igualdad respecto del resto de la ciudadanía”.
“La apariencia de elección no puede emplearse para invisibilizar la existencia de coacciones directas o indirectas, ni para ignorar que, en determinados entornos, la retirada de estas piezas puede conllevar represalias, exclusión o riesgo para la integridad física. En estas circunstancias, la libertad es meramente nominal”, añade el texto.
COMPETENCIAS
De este modo, este proyecto de ley establece la prohibición del uso en espacios públicos de piezas que cubran íntegramente el rostro cuando su significado y efecto social se asocien a “una práctica de discriminación por razón de sexo y de exclusión de la vida pública en condiciones de igualdad”.
Su prohibición, matiza el texto, se configura como una medida de “protección de derechos, no como una sanción moral”; y debe ir acompañada de políticas públicas orientadas “a apoyar a las mujeres afectadas, ofrecer recursos de acompañamiento y asegurar que ninguna mujer sea revictimizada por el tránsito hacia su plena autonomía”.
Desde la perspectiva de la seguridad pública y la convivencia, la identificación personal es un “elemento básico” para “la garantía de la seguridad ciudadana”. Por ello, en Cataluña, que tiene su propia policía, los Mossos d’Esquadra, “es necesario dotar a la Generalitat del marco jurídico competencial necesario para que sea plenamente efectiva su capacidad de intervención integral en la garantía de la seguridad ciudadana”.
Por ello, esta ley incorpora la previsión de delegar a la Generalitat de Cataluña competencias ejecutivas en materia de seguridad y de emisión de documentación de identificación de las personas, al amparo del artículo 150.2 de la Constitución.
MEDIDAS
Con esta norma, según el texto registrado por Junts, se pretende prohibir la utilización en el espacio público de prendas o elementos que cubran total o sustancialmente el rostro e impidan o dificulten de forma relevante la identificación de la persona. La prohibición prevista en este apartado comprende, entre otras, las prendas comúnmente conocidas como nicab o burka.
La iniciativa recoge algunos supuestos que quedarán excluidos de esta prohibición, como cuando su uso resulte “necesario por motivos de salud”, pero matiza que, cuando resulte necesario para “finalidades de identificación, seguridad o acceso a servicios públicos, la persona deberá descubrir el rostro de forma momentánea ante la autoridad o personal habilitado”.
Asimismo, añade mediante una disposición adicional única que el Gobierno aprobará de forma inmediata desde la entrada en vigor de esta ley la delegación de competencias como “las facultades de control de fronteras relativas, entre otras, a la ejecución de la normativa vigente en materia de devolución de personas extranjeras”.
Junts también reclama “las facultades para garantizar la protección del libre ejercicio de los derechos y libertades, la garantía del mantenimiento del orden, la seguridad ciudadana, la prevención y la investigación de actos delictivos y, en general, el ejercicio de todas las funciones comunes en los puertos y aeropuertos”.
Finalmente, exige también “la facultad de emitir, de acuerdo con el cuerpo de funcionarios que establezca la Generalitat de Cataluña, los documentos de identificación personal, como el DNI, el pasaporte o el NIE”.
(SERVIMEDIA)
17 Feb 2026
BMG/pai


