LAS LUCES DE NEÓN DESAPARECERÁN DE LOS CARTELES PUBLICITARIOS DEL CENTRO DE LA CAPITAL
- La Junta de Gobierno del ayuntamiento aprobó hoy la nueva Ordenanza reguladora de la Publicidad Exterior
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Las luces de neón de los carteles publicitarios de comercios, restaurantes, farmacias, cines, teatros y otros establecimientos desaparecerán del centro de Madrid, según establece el proyecto de Ordenanza reguladora de la Publicidad Exterior aprobado hoy por la Junta de Gobierno del ayuntamiento.
La nueva normativa, que sustituirá a la actual Ordenanza de Protección del Paisaje Urbano, de 2001, establece un plazo de adaptación de doce meses para la retirada de estos luminosos a partir de su aprobación y entrada en vigor, prevista para septiembre u octubre, según explicaron en rueda de prensa el alcalde, Alberto Ruiz-Gallardón, y la concejala de Medio Ambiente, Paz González.
El alcalde indicó que esta nueva ordenanza pretende acabar con la sobresaturación y la excesiva heterogeneidad del espacio publicitario urbano de la capital y evitar que Madrid se convierta en "un escaparate descontrolado, caótico y desordenado que afea el paisaje urbano".
Gallardón se mostró seguro de que la nueva norma será bien recibida por los vecinos, porque reducirá las molestias por la contaminación lumínica y contribuirá a mejorar el aspecto de la ciudad. Además, dijo que se ha elaborado trabajando y manteniendo reuniones con los comerciantes, con el fin de conciliar los intereses comerciales y la nueva estética urbana de la ciudad.
La principal novedad de la ordenanza es la creación de una "Zona de Especial Protección" para el casco histórico de la ciudad, que comprende las áreas, calles y edificios de interés histórico-artístico, donde se reducirá y limitará de manera importante la publicidad exterior.
Otras novedades son la regulación de nuevas expresiones publicitarias hasta ahora no autorizables, la regulación de las condiciones de iluminación de los soportes publicitarios, la introducción de medidas para reducir la densidad publicitaria, la reducción de los plazos de vigencia de las lonas publicitarias en los edificios y la reordenación y definición de un régimen disciplinario y sancionador para las infracciones que se cometan en esta materia.
En la "Zona de Especial Protección", además de reducirse el tamaño de los elementos publicitarios colocados en edificios, quedarán prohibidos si utilizan elementos luminosos, como tubos de neón. González explicó que en principio no habrá ninguna excepción, por lo que la medida también afectará a los luminosos de farmacias, cines y teatros, entre otros establecimientos.
INDULTOS PARA ALGUNOS
Según la concejala, que constató "un abuso y uso excesivo de estos luminosos cuando de día no es necesario", se permitirá la iluminación exterior de carteles, pero no a través de tubos de neón del propio cartel.
No obstante, algunos elementos publicitarios, como el cartel de Tío Pepe de la Puerta del Sol, serán indultados. "Son decisiones singulares ante elementos que también lo son", dijo González al respecto.
Paz González explicó que de los 200.000 carteles luminosos que hay en la ciudad, unos 120.000 están en la "Zona de Especial Protección", y señaló que todos ellos podrán ser retirados en un plazo de 15 días desde la entrada en vigor de la nueva norma si no cumplen la ordenanza.
Fuera de esta "Zona de Especial Protección", sí podrá haber luminosos de neón, pero tanto estos como los demás carteles publicitarios luminosos sólo podrán encenderse por la noche, cuando no haya luz solar suficiente, según explicó el alcalde. Además, se limitará la intensidad lumínica de dichos soportes.
La nueva normativa tratará también de limpiar toda la ciudad de carteles publicitarios, pegatinas, etcétera, fijados sobre edificios, monumentos, mobiliario urbano y farolas, incluidos los carteles de los partidos políticos en campaña electoral, según dijo Gallardón, y quiere también acabar con los trípodes que ponen los restaurantes para anunciar sus menús.
La nueva ordenanza establece de forma expresa las expresiones publicitarias no autorizables, entre las que también se incluye toda aquella publicidad que atente contra la dignidad de las personas, la infancia, la mujer, la juventud o vaya en contra de la ley de prevención de drogodependencias; y fija que cualquier actividad publicitaria visible desde la vía pública, aunque no esté contemplada expresamente en la norma, podrá realizarse si antes ha sido autorizada por el órgano competente.
VEHÍCULOS CON PUBLICIDAD
La norma prohíbe también la utilización de vehículos, en circulación o estacionados, que lleven publicidad, salvo que hayan sido autorizados con anterioridad, como es el caso de los autobuses de la EMT o aquellos vehículos de una empresa que publicitan la propia actividad, como, por ejemplo, según la concejala, un camión de El Corte Inglés.
La nueva ordenanza aumenta también las distancias mínimas de los anuncios luminosos en coronación de edificios a las ventanas de las viviendas y reduce su tamaño de los 90 metros cuadrados actuales a 70 metros cuadrados. También se reduce un tercio la superficie publicitaria autorizable en carteleras ubicadas en vías de circulación rápida (M-40, accesos a carreteras nacionales, etc.).
En cuanto a las lonas publicitarias en los edificios en obras, que tienen ahora una vigencia de seis meses, con una posible prórroga de otros seis, sólo podrán permanecer instaladas durante un máximo de seis meses.
La nueva norma también fija que el yuntamiento podrá ordenar a los propietarios o titulares de las instalaciones publicitarias que realicen las actuaciones necesarias para conservar las instalaciones en las debidas condiciones de seguridad, para lo que dispondrán de un plazo de 8 a 15 días, con la imposición de sanciones si no lo hacen.
La ordenanza establece un régimen disciplinario que tipifica las infracciones como "leves", con multas de hasta 750 euros; "graves", con sanciones cuya cuantía va de 751 a 1.500 euros, y "muy graves", con multas de 1.501 a 3.000 euros.
Una vez aprobada, la ordenanza permitirá que, con carácter general, las instalaciones publicitarias que cuenten con licencia municipal puedan mantenerse hasta que finalice su plazo de vigencia, sin posibilidad de prórroga. En el caso de carteles y banderines, se fija un plazo de 12 meses para adecuarse a la nueva norma.
(SERVIMEDIA)
22 Jun 2006
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