Vivienda

Luz verde definitiva a la distribución de 200 millones de euros para la nueva convocatoria del Bono Alquiler Joven

MADRID
SERVIMEDIA

La conferencia sectorial de Vivienda y Agenda Urbana ratificó definitivamente este jueves el reparto de los 200 millones de euros del Bono Alquiler Joven entre las comunidades autónomas acordados el pasado 3 de octubre y que aprobó el Consejo de Ministros el día 15 de este mes.

La reunión entre el Gobierno y las comunidades autónomas se celebró de forma telemática y fue presidida por el secretario de Estado de Vivienda y Agenda Urbana, David Lucas, acompañado de otros altos cargos ministeriales. Lucas pidió mayor agilidad en la gestión por parte de las comunidades autónomas para evitar los retrasos que han sucedido en los años anteriores.

Esta ayuda se fija en 250 euros al mes, durante un plazo de 2 años para cada joven, con objeto de facilitar su emancipación o en todo caso el acceso a disfrutar de una vivienda o habitación en régimen de alquiler o cesión de uso.

El Bono Alquiler Joven es compatible con otras ayudas destinadas para el mismo objeto a beneficiarios especialmente vulnerables (entendiendo como tales a estos efectos los que determinen las comunidades o ciudades autónomas). También es compatible con las prestaciones no contributivas de la Seguridad Social y el Ingreso Mínimo Vital. La suma del Bono Alquiler Joven y las mencionadas ayudas tendrán como límite el 100% de la renta arrendaticia.

Por otra parte, es también compatible con la ayuda del Programa de ayuda a las personas jóvenes y para contribuir al reto demográfico del Plan Estatal para el Acceso a la Vivienda 2022-2025. Si bien, en este caso la suma del Bono Alquiler Joven y esta ayuda tendrá como límite el 75% de la renta arrendaticia.

El alquiler de la vivienda objeto del contrato de arrendamiento deberá ser igual o inferior a 600 euros mensuales. No se incluye el importe que pudiera corresponder a anejos tales como plazas de garaje, trasteros o similares. En el caso de alquiler de habitación deberá ser igual o inferior a 300 euros mensuales. Estas cuantías podrán ser de hasta 900 y 450 euros mensuales respectivamente si así se establece en la convocatoria de ayudas correspondiente, a solicitud de la comunidad autónoma o ciudad de Ceuta y Melilla de que se trate y previo acuerdo del Ministerio de Vivienda, con objeto de adaptarse a aquellos ámbitos en los que los precios son superiores. Incluso en algunos supuestos de alquiler de vivienda pudieran ser superiores a 900 euros mensuales.

Las comunidades autónomas que han acordado esta ampliación son Madrid, Cataluña, Baleares, Comunidad Valenciana, Ceuta y algunas localidades de Andalucía.

El siguiente paso es realizar diferentes trámites administrativos, que, una vez cumplimentados, el Ejecutivo procederá a la remisión de las resoluciones con las cantidades respectivas a las comunidades autónomas para que acepten y pueda realizarse la transferencia para sus respectivas convocatorias.

(SERVIMEDIA)
24 Oct 2024
DMM/clc