Tribunales

La magistrada del ‘caso Les Naus' deniega la personación en la causa de la Generalitat Valenciana como acusación particular

MADRID
SERVIMEDIA

La magistrada titular de la plaza número 5 de la Sección de Instrucción del Tribunal de Instancia de Alicante que investiga el ‘caso Les Naus’ ha denegado la personación de la Generalitat Valenciana como acusación particular en la causa en la que se investigan a 15 personas, entre ellas una exconcejal y varios funcionarios, por la adjudicación presuntamente fraudulenta de viviendas de protección pública en el residencial Les Naus.

La instructora argumenta que no resulta acreditado del examen de las actuaciones que la Generalitat "haya sufrido un perjuicio patrimonial, personal o institucional directo como consecuencia de los hechos objeto de investigación".

Por el contrario, invoca "un interés genérico en la persecución del ilícito penal", interés que según la magistrada, "aun legítimo, no confiere por sí solo legitimación para el ejercicio de la acusación particular, pues supondría desnaturalizar dicha figura procesal y solaparla con la función constitucionalmente atribuida al Ministerio Fiscal".

El auto alude también a la existencia de un "evidente conflicto de intereses", puesto que la Generalitat "aparece vinculada funcional u orgánicamente a los hechos y personas investigadas, o bien ostenta competencias relacionadas con el ámbito material en que aquellos se produjeron".

Esa circunstancia, a juicio de la titular de la plaza judicial, "compromete la exigencia de objetividad que debe presidir la actuación de las Administraciones públicas y resulta incompatible con el ejercicio de la acción penal como parte acusadora, pudiendo generar una quiebra del principio de igualdad de armas y del derecho a un proceso con todas las garantías".

"Por todo ello, procede denegar la personación interesada, sin perjuicio de la intervención que legalmente corresponde al Ministerio Fiscal en defensa de la legalidad, de los derechos de los ciudadanos y del interés público", concluye la instructora en la resolución, que puede ser recurrida en reforma y/o apelación.

(SERVIMEDIA)
20 Mayo 2026
SGR/gja