MAÑANA ACABA EL PLAZO PARA SOLICITAR LA DEVOLUCION RAPIDA DE LA RENTA
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
El plazo para que los contribuyentes no obligados a declarar el IRPF puedan solicitar la devolución rápida de la Renta fializa mañana, sin perjuicio de que la Agencia Tributaria siga admitiendo en días posteriores las soliciudes que se manden por correo.
Con este sistema, los declarantes pueden obtener de forma rápida y sencilla la devolución que les corresponda por el exceso de retenciones que se les hubiera practicado durante el ejercicio 2001.
En un plazo de entre cinco y quince días desde que la Agencia Tributaria recibe la solicitud, se puede tener el importe de la devolución en la cuenta corriente si no ocurr ninguna incidencia.
Si los datos personales que la Agencia Tributaria comunica en la carta no han variado (estado civil, número de hijos, año de nacimiento, domicilio, cuenta corriente), basta con que el ciudadano la firme y la remita al apartado de correos 30.000 de su provincia, la entregue en las oficinas de Hacienda o la confirme telefónicamente en el 901 200 345.
Los contribuyentes que no están obligados a presentar declaración de renta y pueden beneficiarse de la devolución rápida son los ue hayan percibido en el ejercicio 2001 rendimientos del trabajo procedentes de un único pagador inferiores a 21.035,42 euros brutos anuales (3.500.000 pesetas) o procedentes de varios pagadores si la suma del segundo y sucesivos no supera la cantidad de 601 euros brutos anuales (100.000 pesetas).
La Agencia Tributaria, que comenzó a emitir devoluciones rápidas a mediados de marzo, ha realizado ya 439.946, lo que representa un incremento del 120% respecto a las realizadas el año pasado. El importe de as devoluciones realizadas hasta ahora asciende a 129,29 millones de euros, un 155% más que en 2001.
(SERVIMEDIA)
15 Abr 2002
A