Crematorio
Más Madrid presenta una demanda contra el crematorio de la M-40
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Más Madrid anunció este jueves la presentación de una demanda contra el crematorio de la M-40, al que se oponen por estar a menos de 250 metros de viviendas en el barrio de San Fermín y por no contar con "el necesario estudio sobre el posible impacto que tiene en la calidad del aire y en la salud de las personas".
Así lo avanzó la concejala de Más Madrid Olga Martínez quien criticó que el barrio de San Fermín "se ve obligado a albergar otra instalación más que no quiere ninguna otra zona de la ciudad" como la "depuradora de la china o la incineradora de Valdemingómez".
Reprochó que el barrio "no tiene otros equipos y dotaciones que están siendo muy demandados desde hace años y que suponen una mejora en la vida de los vecinos". Con respecto al propio crematorio, reiteró como viene haciendo Más Madrid desde el anterior proceso judicial por el que pasó este proyecto, que la instalación está a menos de 250 metros de las viviendas del barrio, lo que contraviene la norma municipal.
Aunque el Tribunal Supremo ya dictó sentencia sobre este asunto, Más Madrid cree que hay un claro incumplimiento del mandato judicial porque "en ningún caso obligaba al Ayuntamiento a otorgar la licencia". Asimismo, denunció que el alcalde de Madrid, José Luis Martínez-Almeida, ha autorizado la construcción "sin realizar el necesario estudio sobre el posible impacto que esto tiene en la calidad del aire y en la salud de las personas".
En la demanda a la que tuvo acceso Servimedia, Más Madrid argumenta que "se ha terminado concediendo una licencia municipal para la instalación de un horno crematorio sin justificar la inaplicación del único criterio legalmente previsto y exigible como es la distancia de 250 metros entre la instalación y las viviendas o centros sociales, y que por parte del Ayuntamiento no se ha motivado la decisión en base a los criterios técnicos del proyecto y su impacto sobre la salud".
Apuntan a un posible incumplimiento de la Ley General de Salud Pública por la que la instalación del crematorio estaría sujeta a varios principios. Entre ellos "la existencia de indicios fundados de una posible afectación grave de la salud de la población, aun cuando hubiera incertidumbre científica sobre el carácter del riesgo" esto, reza la norma, "determinará la cesación, prohibición o limitación de la actividad sobre la que concurran.”
En ese sentido consideran que "no ha quedado acreditado en el expediente de esta licencia la existencia de unos medios técnicos o adelantos tecnológicos que permitan eliminar completamente las emisiones, por lo que habrá de concluirse que el crematorio proyectado emitirá irremediablemente gases y metales pesados, que en la proporción que resulta, supondrán un riesgo para la salud de las personas, entre ellas de la recurrente".
(SERVIMEDIA)
23 Oct 2025
JAM/gja


