Seguros

La Mediación celebra la sentencia del Supremo que declara abusiva la imposición de seguros de vida de prima única

MADRID
SERVIMEDIA

El Consejo General de Mediadores mostró este viernes su satisfacción por la sentencia del Tribunal Supremo que declara abusiva la imposición de seguros de vida de prima única financiada como condición para la concesión de un préstamo hipotecario.

“Supone un importante avance en la protección de los consumidores y confirma una reivindicación que la Mediación ha venido manteniendo durante años", expresaron los mediadores en un comunicado.

El Consejo había denunciado de forma reiterada que esta práctica “restringía la libertad de elección del cliente” y “limitaba la competencia entre aseguradoras y generaba un sobrecoste financiero completamente evitable”.

Por eso, la sentencia del Supremo sirve para fijar “un criterio claro sobre una práctica que nunca debió consolidarse en el mercado”. El Consejo recalcó que la contratación de un seguro debe responder al interés del usuario y respetar la ley.

“No convertirse en una condición impuesta para acceder a una hipoteca”, agregó el comunicado.

El Consejo General destacó que la sentencia pone el foco en la falta de transparencia que ha acompañado habitualmente a este tipo de operaciones. El Alto Tribunal consideró determinante que el consumidor no pudiera conocer el coste real de la financiación al no incorporarse el importe del seguro a la TAE y que tampoco dispusiera de una alternativa real para contratar el seguro con otra entidad o mediante una modalidad menos gravosa.

Asimismo, la resolución coincide con el criterio que la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones mantiene desde 2006 al considerar que, cuando un seguro de prima anual renovable ofrece las mismas garantías que uno de prima única financiada, debe proponerse la opción más favorable para el consumidor.

Para el Consejo General, esta sentencia aporta “la seguridad jurídica que necesitaba el mercado” y marca un antes y un después en la comercialización de los seguros vinculados a préstamos hipotecarios.

También valoraron que unifique la doctrina seguida hasta ahora por distintas Audiencias Provinciales y establezca un criterio que contribuirá a reforzar la transparencia y la competencia en beneficio de los consumidores.

"Las entidades financieras son libres de exigir garantías para proteger el riesgo del préstamo. Lo que no resulta admisible es impedir al consumidor elegir cómo y con quién quiere contratar ese seguro. Esa libertad forma parte de un mercado competitivo y de una adecuada protección del cliente", zanjó.

(SERVIMEDIA)
03 Jul 2026
NFA/gja