Bancos

La OCU anima a los jubilados de banca a reclamar a Hacienda el IRPF “pagado de más” por su pensión

- Recuerda que la fecha tope para reclamar la declaración del ejercicio 2018 es el 30 de junio

MADRID
SERVIMEDIA

La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) animó este miércoles a los jubilados de banca a reclamar a Hacienda el IRPF “pagado de más” por su pensión.

Así lo sugirió en un comunicado en el que recordó que una sentencia del Tribunal Supremo considera que los jubilados de banca “no deben tributar el 100% de la pensión de jubilación que perciban, sino solo el 75%”.

La organización de consumidores subrayó que el Alto Tribunal dictaminó a favor de los jubilados de banca en una sentencia donde establece que las aportaciones que se realizaron a la Mutualidad Laboral de Banca, a partir del 1 de enero de 1967 y hasta el 31 de diciembre de 1978, no fueron susceptibles de deducción en la base imponible del IRPF de acuerdo con la legislación vigente en cada momento, por lo que “resulta procedente” la aplicación de la Disposición Transitoria Segunda de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, a la pensión pública por jubilación percibida de la Seguridad Social, debiendo integrarse en la base imponible del IRPF “solo el 75% del importe de las prestaciones por jubilación percibidas”.

REGULARIZACIÓN

“Por lo tanto, los jubilados del sector bancario, que realizaron aportaciones a la Mutualidad Laboral de Banca, desde el 1 de enero de 1967 hasta el 31 de diciembre de 1978, pueden, en base a esta sentencia, regularizar los últimos cuatro ejercicios fiscales del 2018 a 2021 ambos inclusive, solicitando la devolución de las cantidades que corresponda al 25% de pensión por la que no debieron tributar”, explicó, al tiempo que precisó que también pueden “rectificar” la declaración del ejercicio 2022 si han declarado el 100% de la pensión.

Tras destacar la “importancia” de “rectificar” la declaración del ejercicio 2018 antes del 30 de junio de 2023 para evitar su “prescripción”, la asociación aconsejó a los exempleados de banca afectados que reclamen los ejercicios no prescritos y declaren en los próximos años según esta sentencia, si cumplen los requisitos, ya que, a su entender, “tienen poco que perder y sí mucho que ganar”.

(SERVIMEDIA)
21 Jun 2023
MJR/clc