Laboral
Los permisos por nacimiento y cuidado del menor crecieron un 11,1% en 2025 y el gasto aumentó un 7,4%
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
La Seguridad Social tramitó en 2025 un total de 524.714 prestaciones por nacimiento y cuidado de menor, en lo que supone un incremento de 11,1% respecto al año anterior, y el gasto total ascendió a 3.880,8 millones, un 7,4% más.
Según los datos publicados este viernes por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, del conjunto de prestaciones, 241.903 correspondieron al primer progenitor, habitualmente la madre, y 282.811 al segundo progenitor, normalmente el padre.
La media de tiempo de tramitación de esta prestación fue en este último ejercicio de ocho días. Por comunidades autónomas, el mayor número de prestaciones por nacimiento y cuidado de menor se registró en Andalucía (97.224), Cataluña (93.262), Madrid (86.465) y la Comunidad Valenciana (53.970).
La duración media de las prestaciones activas por nacimiento y cuidado de menor en 2025 fue de 111 días de media, casi cuatro meses, con apenas tres días de diferencia entre hombres y mujeres.
El pasado mes de julio se mejoró la protección para progenitores y menores y el derecho a la conciliación familiar y laboral, con la ampliación en tres semanas del permiso de nacimiento y cuidado de menor, que pasó de 16 a 19 semanas, y hasta 32 semanas en el caso de las familias monoparentales. En concreto, 17 semanas, de igual duración e intransferibles entre ambos progenitores, y 28, en el supuesto de familias monoparentales, podrán disfrutarse durante los primeros 12 meses del bebé, o, en el caso de adopción, guarda o acogimiento familiar, en el primer año, a partir de la resolución judicial o administrativa, en periodos semanales o de forma acumulada. Además, se añaden dos semanas adicionales de permiso para el cuidado del menor (cuatro en familias monoparentales), que podrán disfrutarse de forma flexible hasta que el hijo o hija cumpla ocho años.
La cuantía de estas prestaciones es equivalente al 100% de la base de cotización por contingencias comunes del mes inmediatamente anterior al mes previo de inicio del descanso. El Instituto Nacional de la Seguridad Social, encargado del abono de la prestación, ofrece la posibilidad de solicitarla a través del portal Tu Seguridad Social (‘https://sede.seg-social.gob.es/’) y en ‘https://prestaciones.seg-social.es’. También es posible solicitar de forma telemática los periodos sucesivos de descanso si se opta por fraccionar el permiso.
En cuanto a las excedencias por cuidado del menor o familiar, en 2025 se registraron 54.639, de las que 45.400 correspondieron a mujeres, el 83,1%, y 9.239 a hombres, lo que equivale al 16,9%.
En este último ejercicio, se registraron 1.168 excedencias más, un 2,2% superior que en 2024. Madrid (10.852), Cataluña (7.859), Andalucía (6.423), País Vasco (5.850) y Comunidad Valenciana (5.953) fueron las comunidades autónomas con más excedencias tramitadas.
Las excedencias por cuidado familiar subieron respecto a 2024 especialmente en Canarias (11,5%), Extremadura (11%) y Comunidad Valenciana (8,7%) y la ciudad autónoma de Ceuta (20%), y bajaron más en la Castilla-La Mancha (-7,2%), Navarra (3,1%) y Aragón (-2,7%).
Los trabajadores pueden solicitar excedencia para atender a hijos o menores acogidos o para el cuidado de otros familiares. Los tres primeros años de excedencia para el cuidado de un hijo o menor acogido tienen la consideración de periodo de cotización efectiva a efectos de las prestaciones de la Seguridad Social por jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad. También se considera efectivamente cotizado, a efectos de esas prestaciones, el primer año de excedencia para el cuidado de otros familiares.
(SERVIMEDIA)
30 Ene 2026
MMR/gja


