BALEARES

LOS PRODUCTORES DE PILAS Y BATERÍAS SE TIENEN QUE HACER CARGO DESDE HOY DE SU GESTIÓN AMBIENTAL UNA VEZ USADAS

MADRID
SERVIMEDIA

Hoy ha entrado en vigor un real decreto sobre pilas y acumuladores que aprobó el Consejo de Ministros en febrero de este año y que obliga a los productores e importadores de pilas, acumuladores y baterías a hacerse cargo de la recogida y gestión de estos productos después de usados.

Según el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, este real decreto supone un avance importante en la comercialización de pilas y acumuladores y su gestión ambiental como residuos después de usados.

Su ámbito de aplicación abarca a las pilas, acumuladores y baterías portátiles (gran consumo), así como a las baterías industriales y de automoción.

Los consumidores de pilas, acumuladores o baterías usados estarán obligados a entregarlos, sin coste alguno para ellos, en los contenedores de recogida que establezcan los sistemas de gestión (puntos urbanos de recogida, establecimientos comerciales de los distribuidores, puntos limpios, talleres de automoción, etc.).

Asimismo, los distribuidores están obligados a aceptar, sin cargo alguno para el consumidor, la devolución de las pilas y acumuladores portátiles usados, en el momento de venderle otras pilas y acumuladores portátiles.

SISTEMA DE DEPÓSITO

El texto contempla que el productor pueda establecer un sistema de depósito, devolución y retorno para la gestión de las pilas, acumuladores o baterías que haya puesto en el mercado.

En el momento de la venta, el distribuidor cobrará al consumidor un importe adicional en depósito, que le devolverá cuando éste retorne el producto usado al establecimiento del distribuidor. Esta opción no es obligatoria y no necesariamente tiene que afectar a todo tipo de pilas y acumuladores.

Asimismo, con este real decreto queda prohibida la puesta en el mercado de pilas, acumuladores y baterías que contengan determinadas cantidades de mercurio o cadmio.

Las pilas, acumuladores y baterías llevarán marcada su capacidad energética, el símbolo químico del metal pesado que contengan y el símbolo de recogida selectiva, con el fin de advertir al consumidor sobre su funcionamiento, peligrosidad y la no eliminación en las basuras domésticas.

Finalmente, el texto establece unos índices mínimos anuales de recogida de pilas y acumuladores portátiles usados sobre las ventas realizadas: el 25% para el año 2011 y el 45% para 2015. Se fijan también índices mínimos de recogida para las baterías de automoción: el 90% para 2009 y el 95% para 2011; y para las baterías industriales que contengan cadmio: el 95% para 2011.

(SERVIMEDIA)
26 Sep 2008
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