Medio ambiente
SEO/BirdLife pide Bolaños una transposición “ambiciosa” de la Directiva Penal Ambiental de la UE
- El plazo acaba el próximo 21 de mayo
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La organización ambiental SEO/BirdLife reclamó este viernes al ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, una transposición “ambiciosa” y “urgente” de la Directiva relativa a la protección del medio ambiente mediante el Derecho penal, cuyo plazo límite expira el próximo 21 de mayo.
Esta ONG instó a que la transposición responda a “la gravedad y complejidad actual” de la criminalidad ambiental.
En una carta remitida a Bolaños, la organización conservacionista recordó que esta Directiva supone
“un hito histórico en la consolidación de un Derecho penal ambiental europeo, al reconocer que los delitos contra el medio ambiente son una de las formas de delincuencia más lucrativas, transnacionales y menos perseguidas, con impactos devastadores sobre la biodiversidad, la salud pública y el clima”.
SEO/BirdLife ha elaborado un análisis técnico y jurídico exhaustivo sobre la adaptación de la normativa española a la Directiva, que concluye que la transposición exige una reforma adecuada del Código Penal.
En particular, la organización subraya la necesidad de revisar y completar el catálogo de delitos ambientales, y asegura que el conjunto de conductas previstas en el artículo 3 de la Directiva quede correctamente integrado en el ordenamiento jurídico.
SISTEMA DE PENAS
Aunque algunas de estas conductas ya aparecen tipificadas de forma dispersa o parcial en la legislación penal, otras siguen sin contar con una tipificación ambiental específica, como la explotación, el cierre o la gestión de instalaciones industriales peligrosas, lo que incumple la normativa sobre emisiones industriales o prevención de accidentes graves.
Algo similar ocurre con el reciclado ilegal de buques; la extracción ilegal de aguas superficiales o subterráneas con afección grave a los ecosistemas; el uso, comercialización o eliminación ilícita de mercurio, gases fluorados u otras sustancias reguladas por la legislación europea, o la introducción en el mercado de materias primas o productos asociados a la deforestación.
Además, SEO/BirdLife considera necesario revisar el sistema de penas para garantizar reacciones efectivas, proporcionadas y disuasorias conforme a los estándares europeos, e integrar de forma autónoma la imprudencia grave en los tipos penales ambientales para evitar que daños ambientales catastróficos queden diluidos por rebajas automáticas de pena.
Igualmente, desde la ONG ven imprescindible desarrollar de manera específica la responsabilidad penal de las personas jurídicas en materia ambiental, reforzando la rendición de cuentas de empresas y grandes operadores económicos.
“La criminalidad ambiental no es anecdótica ni marginal. Es en muchas ocasiones organizada, lucrativa y sistemática. Sin una respuesta penal robusta, el daño ecológico queda normalizado, la impunidad se perpetúa y el coste lo asume injustamente el conjunto de la sociedad”, según SEO/BirdLife.
Esta organización añadió: “Esta realidad afecta de forma directa al ejercicio efectivo del derecho humano a un medio ambiente limpio, sano y sostenible, ya que los delitos ambientales comprometen la biodiversidad, la salud pública y los servicios ecosistémicos de los que depende el bienestar de las personas”.
EVITAR LA IMPUNIDAD
Uno de los elementos más relevantes del análisis presentado por SEO/BirdLife es la necesidad de reformar el artículo 23.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial para ampliar la jurisdicción penal internacional de los tribunales españoles frente a los delitos ambientales más graves.
La actual exclusión del medio ambiente del ámbito de la justicia universal genera escenarios de impunidad ligados a la deslocalización de actividades potencialmente destructivas, especialmente cuando las decisiones empresariales se toman desde España, pero los daños se producen en terceros países con estándares de protección más laxos, según SEO/BirdLife.
La Directiva europea introduce, además, una categoría de delitos cualificados para conductas dolosas que causan daños extensos, duraderos o irreversibles, un concepto que se aproxima claramente a la noción de ecocidio. Para SEO/BirdLife, este reconocimiento refuerza la urgencia de dotar al sistema jurídico español de herramientas jurisdiccionales acordes con la gravedad global del bien jurídico protegido.
“España tiene la oportunidad y la obligación de situarse a la vanguardia de la protección del medio ambiente en Europa. Perderla supondría enviar un mensaje de tolerancia frente a la destrucción de la naturaleza”, apuntó esta organización.
IMPACTO
Los delitos ambientales tienen un impacto directo y especialmente grave sobre la fauna silvestre, y en particular sobre las aves, al tratarse de infracciones que suelen estar vinculadas a prácticas sistemáticas de captura, tráfico ilegal, envenenamiento o destrucción de hábitats.
Según el informe ‘The Killing 3.0’, elaborado por BirdLife International con la participación de SEO/BirdLife, millones de aves siguen siendo cazadas, capturadas o comercializadas ilegalmente cada año en Europa y la región mediterránea, y la criminalidad contra la fauna está entre los principales vectores de pérdida de biodiversidad, solo por detrás de la destrucción de hábitats.
Un ejemplo reciente es la intervención policial en Orihuela (Alicante), donde fueron interceptados cerca de 400 jilgueros (especie declarada Ave del Año por SEO/BirdLife) capturados ilegalmente y transportados en condiciones extremas para su venta en Francia, con decenas de ejemplares ya muertos durante el traslado.
(SERVIMEDIA)
24 Abr 2026
MGR/gja


