Laboral
Los sindicatos recurren ante el Constitucional el aval del Supremo a la actual regulación del despido contra el criterio de Estrasburgo
El texto se ha copiado correctamente en el portapapeles
CCOO y UGT han participado activamente en el recurso de amparo presentado ante el Tribunal Constitucional contra la decisión del Tribunal Supremo de avalar el grueso de la regulación actual del despido en España, pese a que el Comité Europeo de Derechos Sociales, con sede en Estrasburgo (Francia), estableció que hay aspectos que no se ajustan a la Carta Social Europea.
Primero UGT y después CCOO presentaron sendas reclamaciones contra el Estado Español ante el dicho comité europeo denunciando el “bajo coste” del despido en España y que este no era ni suficientemente resarcitorio ni disuasorio y que, en consecuencia, no protegía a los trabajadores todo lo que dicta la Carta Social Europea. Estrasburgo, como ya hiciera con otros países como Italia, se alineó con buena parte de los postulados de los sindicatos pero el Supremo sí avaló después la legislación actual, lo que generó el ‘enfado’ de CCOO y UGT y avanzaron que acudirían al Constitucional.
Para hacerlo, debían ir de la mano del trabajador afectado por estas sentencias, al ser la parte directamente afectada, por lo que han apoyado el proceso impulsado por la abogada de este empleado.
En paralelo, la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, se muestra más cerca de los sindicatos y apoya reformar el despido, para lo que ha querido crear una mesa de negociación, si bien CEOE y Cepyme han mostrado su oposición frontal a que se modifique la normativa vigente, alegando que se debe cumplir lo dictaminado por el Supremo.
El recurso solicita la nulidad de las sentencias que, en contra del criterio del Juzgado de lo Social nº 3 de Barcelona, rechazaron fijar una indemnización complementaria por los daños reales sufridos por el trabajador despedido, limitando la reparación al sistema tasado del artículo 56 del Estatuto de los Trabajadores.
En el recurso de amparo se sostiene, en síntesis, que las resoluciones impugnadas vulneran el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva (artículo 24 de la Constitución), al realizar una interpretación arbitraria y restrictiva del ordenamiento jurídico al negar valor jurídico interno al artículo 24 de la Carta Social Europea Revisada.
Además, el recurso arguye que se desconoce el mandato constitucional de interpretar los derechos fundamentales conforme a los tratados internacionales ratificados por España y que el sistema indemnizatorio cerrado y tasado impide valorar los daños reales, patrimoniales y personales, derivados de un despido sin causa, afectando especialmente a colectivos vulnerables, como las personas trabajadoras de mayor edad.
“La negativa a integrar el artículo 24 de la Carta Social Europea en el enjuiciamiento interno supone apartarse injustificadamente de compromisos internacionales plenamente ratificados por el Reino de España”, añaden los sindicatos. Además, explican que el recurso no se limita a un debate técnico sobre cuantías indemnizatorias, sino que “está en juego el propio sentido del contrato de trabajo como vínculo jurídico estable, que no puede ser roto de forma unilateral por el empleador sin una reparación adecuada y disuasoria”.
La Carta Social Europea exige que, en caso de despido sin causa justificada, la persona trabajadora tenga derecho a una indemnización adecuada u otra reparación apropiada. Ello implica, a criterio de CCOO y UGT, que el sistema no puede quedar reducido a una compensación automática y predeterminada que, en muchos casos, resulta insuficiente para reparar el daño real y carece de efecto disuasorio.
España no solo ha ratificado la Carta Social Europea Revisada en su conjunto, sino también el Protocolo adicional que establece el sistema de reclamaciones colectivas. Dichos instrumentos fueron aprobados con el aval del Parlamento español y forman parte del ordenamiento interno.
Por ello, indican que ni los tribunales de justicia ni el Gobierno pueden apartarse de los compromisos internacionales libremente asumidos por el Reino de España. “El respeto a la legalidad internacional ratificada no es una opción política, sino una exigencia constitucional”, abundan los sindicatos.
En este sentido, los sindicatos sostienen que el recurso de amparo presentado ante el Tribunal Constitucional ofrece la oportunidad de reafirmar que los derechos laborales reconocidos en los tratados internacionales forman parte del bloque de constitucionalidad y deben ser aplicados de manera efectiva por los órganos judiciales.
Ambas organizaciones confían en que el Tribunal Constitucional restablezca los derechos vulnerados y reafirme que España, como Estado social y democrático de Derecho, debe cumplir íntegramente los compromisos internacionales que ha ratificado.
“La protección frente al despido sin causa no es una cuestión meramente económica: es una garantía esencial del derecho al trabajo, de la dignidad profesional y de la seguridad jurídica de millones de personas trabajadoras”, concluyen.
(SERVIMEDIA)
11 Feb 2026
DMM/clc


