Facturación

La solución pública de factura electrónica deberá estar disponible a partir de agosto

MADRID
SERVIMEDIA

La solución pública de factura electrónica deberá estar disponible para los empresarios y profesionales obligados a emitir y recibir facturas electrónicas “al menos dos meses antes de la primera aplicación efectiva” de la orden ministerial que lo regula, prevista para el 1 de octubre de 2026.

Así consta en el proyecto de la orden que regula esta solución, que el Ministerio de Hacienda sacó a audiencia e información pública el jueves y empezó a recibir observaciones el viernes. El plazo estará abierto hasta el viernes 8 de mayo.

Esta plataforma gratuita responde a la intención del Gobierno por impulsar la factura electrónica en los pagos de empresas y profesionales para reducir la morosidad y rebajar la carga administrativa, sobre todo a las pymes.

El Ejecutivo aprobó a finales de marzo un real decreto al respecto, con el fin de automatizar los procesos de facturación y otorgar a las empresas más control sobre sus cobros y sus pagos, ya que todo quedaré registrado. Al mismo tiempo, servirá para que la Administración pueda monitorizar el cumplimiento real de los plazos de pago.

El Gobierno dará a las empresas y profesionales obligados la posibilidad de intercambiar facturas electrónicas a través de plataformas privadas, que deberán estar interconectadas entre sí, o a través de esta solución pública.

La plataforma pública, que será única y gratuita, estará desarrollada por la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y sea accesible para cualquier empresa o profesional que la necesite, incluidos autónomos con pocas facturas al mes.

El proyecto de orden establece que las soluciones privadas deberán “remitir una copia fiel electrónica, simultáneamente a la emisión de la factura electrónica, a la solución pública de facturación electrónica”.

En lo que respecta a las formas de autenticación e identificación para acceder a la solución pública de facturación electrónica del remitente, la orden especifica que se requerirá el uso de los certificados electrónicos válidos en cada momento en la Sede electrónica de la AEAT.

La solución pública de facturación electrónica podrá ser utilizada por el propio empresario, profesional o sujeto pasivo obligado a la expedición de la factura o por un tercero que actúe en su representación.

Las empresas con una facturación superior a 8 millones de euros anuales tendrán un año para implementar la factura electrónica. Aquellas con una facturación por debajo de los 8 millones tendrán contarán con un periodo de dos años.

(SERVIMEDIA)
18 Abr 2026
NFA/clc/pai