Tribunales
El Supremo archiva la querella de una empleada de Vox contra Ortega Smith, pero ve una conducta "un tanto machista"
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El Tribunal Supremo ha archivado la querella presentada por una empleada de Vox contra Javier Ortega Smith por presuntos delitos contra la integridad moral y de prevaricación administrativa. La Sala concluye que los hechos descritos no tienen relevancia penal, aunque considera que reflejan un comportamiento “un tanto machista”
Así se desprende de un auto del pasado día 17 conocido este lunes, al que ha tenido acceso Servimedia, en el que la Sala considera que no se aprecian "indicios suficientes de la comisión de los delitos imputados" ni concurren los "presupuestos mínimos que justifiquen la apertura del proceso penal".
En concreto, la trabajadora de la formación hizo referencia a unos comentarios de Ortega Smith durante la reunión, en la que le trasladó que prescindía de sus servicios, la cual grabó la querellante. Así, entre esas expresiones destacan algunas como "no has mostrado ningún interés", "cero intereses" o "percibo una falta de interés absoluto", además de recriminarle que, pese a estar en su derecho de "no aparecer por estar de baja maternal", había "demostrado muy poco interés". "No has preguntado por nada, ni te has preocupado por nada, ni has propuesto nada", habría dicho el exdirigente de Vox.
"El problema es que me demuestras que te ha importado un rábano el grupo", "te ha importado un rábano", le llegó a espetar el parlamentario. Y se añaden otras como que, cuando la mujer aludió a la lactancia materna, este respondió con la expresión "¿todo el día?".
"NO REPROBABLE PENALMENTE"
Ante esto, el auto incide en que "en ningún momento" se describen "insultos, amenazas, o humillaciones graves que menoscaben de forma grave", como exige el precepto penal, "la dignidad personal de la querellante, al margen del comportamiento un tanto machista que se pone de relieve por parte de la querellante". Y añade que tampoco puede hablarse de "acoso laboral", pues "el 'mobbing' penalmente relevante exige la concurrencia de una sucesión de comportamientos hostiles desplegados de forma sistemática, persistente y prolongada en el tiempo".
Es por ello que la Sala remarca que se trata de una "conducta ajena a las relaciones que deben existir entre la autoridad y la empleada", y que pueden tener, en su caso, "el reproche sancionatorio procedente". Se añade que, incluso, pueden "tildarse la actitud y palabras proferidas por el acusado como de una conducta impropia, pero no reprochable penalmente".
En cuanto al delito de prevaricación administrativa, el Supremo también lo rechaza, asegurando que no se puede inferir que Ortega Smith "actuara con la plena conciencia de estar dictando una resolución manifiestamente injusta y al margen del ordenamiento jurídico".
(SERVIMEDIA)
28 Sep 2026
FCM/NBC


