Tribunales
El Supremo avala que la Comunidad de Madrid cobre la asistencia sanitaria a un extranjero no residente en España
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El Pleno de la Sala Tercera, de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo (TS) avala el derecho de la Comunidad de Madrid a exigir a un ciudadano de nacionalidad mexicana, que entonces no estaba registrado en España como residente legal, el importe de los gastos de asistencia sanitaria que le fueron prestados en 2021. La Sala adoptó la decisión por mayoría de 19 votos a 12.
La decisión del Tribunal Supremo se fundamenta en la Ley 16/2003, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, en la versión aplicable al caso a partir de 2018, que reconoce a todos los extranjeros que es encuentren en España y no tengan residencia legal, el derecho a recibir asistencia sanitaria en las mismas condiciones que quienes ostentan nacionalidad española.
Sin embargo, para que esa asistencia sanitaria se realice a cargo de los fondos públicos de la Comunidad de Madrid, la ley exige que tales extranjeros sin residencia legal en España acrediten que cumplen determinados requisitos que en el asunto examinado no constaban acreditados.
La regulación legal tenida en cuenta para examinar los hechos y pronunciarse sobre el recurso de casación es anterior al vigente Real Decreto 180/2026, de 11 de marzo, de reciente aprobación, que no es, por lo tanto, aplicable al caso.
(SERVIMEDIA)
20 Mayo 2026
SGR/clc


