Tribunales
El Supremo avala las demandas colectivas de los afectados por las cláusulas suelo hipotecarias
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El Tribunal Supremo (TS) ha dictado una sentencia que avala que los afectados por cláusulas suelo en sus hipotecas presenten demandas colectivas y rechaza los recursos de bancos y cajas de ahorro, dando la razón a la Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas de Ahorros y Seguros de España (Adicae) que recurrió a la Justicia en representación de 800 afectados.
La Sala de lo Civil reconoce que, con el paso del tiempo, los consumidores pudieron tener un conocimiento más preciso de lo que era una cláusula suelo, algo que no ocurría antes de que el Supremo dijera por primera vez en 2013 que podían ser abusivas.
El pleito presentado por Adicae en nombre de unos 800 afectados contra hasta 40 bancos y cajas llevó al Supremo a elevar una cuestión prejudicial en 2022. Para entonces la Justicia española ya había dictado que tales cláusulas podían ser abusivas pero aún no se había pronunciado sobre si s podían presentar demandas colectivas.
En 2024, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea avaló la presentación de este tipo de demandas al apreciar que las cláusulas suelo de los distintos bancos eran prácticamente iguales tanto en “su redacción” como en su “finalidad limitativa de la variabilidad del interés remuneratorio”.
Adicae formuló en 2010 la demanda a la que se adhirieron más de ochocientos consumidores, contra una multitud de entidades financieras (más de un centenar, tras sucesivas ampliaciones). La demanda fue estimada sustancialmente en primera instancia, excepto respecto de algunas entidades, lo que se confirmó en apelación, igualmente con la excepción de una entidad. Las entidades financieras condenadas interpusieron recursos extraordinarios por infracción procesal y de casación, que han sido desestimados.
(SERVIMEDIA)
19 Jun 2025
SGR/gja