Tribunales

El Supremo confirma la separación del servicio de un cabo de la Guardia Civil por difundir bulos sobre menores marroquíes

Madrid
SERVIMEDIA

La Sala Militar del Tribunal Supremo confirmó este jueves la sanción disciplinaria de separación del servicio impuesta por la ministra de Defensa a un cabo primero de la Guardia Civil por difundir noticias contra menores no acompañados (menas) marroquíes en su cuenta en redes sociales.

El Supremo rechazó el recurso del guardia civil y consideró proporcionada la sanción disciplinaria impuesta, que es la más gravosa prevista en el ordenamiento, teniendo en cuenta que “la conducta objeto de condena penal es radicalmente incompatible con la imagen de probidad, decoro y honradez que todo miembro de la Benemérita ha de mostrar”.

La separación del servicio se le impuso como autor de la falta muy grave prevista en el artículo 7, apartado 13 de la Ley Orgánica 12/2007, de 22 de octubre, de Régimen Disciplinario de la Guardia Civil, consistente en “cometer un delito doloso condenado por sentencia firme, que cause grave daño a la Administración y a los ciudadanos”.

LESIÓN DE LA DIGNIDAD

La sentencia penal de la que se ha derivado la sanción disciplinaria fue impuesta por la Audiencia de Barcelona, que fijó una condena de 15 meses de prisión, multa de 1.620 euros y decomiso de los perfiles en redes sociales por dos años al guardia civil, como autor de un delito cometido con ocasión del ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas reconocidos en la Constitución, en su modalidad de delito de lesión de la dignidad de las personas por motivos discriminatorios.

Según los hechos probados en esa sentencia, el acusado, “movido por su animadversión y rechazo a los inmigrantes extranjeros de origen marroquí, y entre ellos a su sector más vulnerable como son los menores no acompañados”, subió a su cuenta de Twitter en julio de 2019 un vídeo y un texto que decía: "Aquí tenéis el video del MENA marroquí de Canet de Mar, a esos que le vamos a dar la paguita hasta los 23 años, los niños de Pedrito Piscinas. Por cierto, luego para más INRI la viola, estos energúmenos y estas manadas de marroquís no saldrán en los medios".

En el video, de 45 segundos de duración y que fue visualizado 21.900 veces, se podía ver cómo un hombre agredía brutalmente a una mujer, dándole 15 puñetazos en la cabeza, seguidos de siete patadas también en la cabeza, que acababan dejándola inconsciente. Seguidamente le intentaba bajar los pantalones y finalmente acababa cogiéndola del cabello y arrastrándola por el suelo hasta que desaparece del campo visual de la cámara de vigilancia que graba los hechos.

PROCEDENTE DE CHINA

La sentencia desvelaba que dicha grabación se hizo el día 22 de junio de 2019 y se correspondía con una agresión sucedida en la República Popular de China habiendo sido difundida por las autoridades de dicho Estado para lograr la identificación del autor mediante la colaboración ciudadana. “No tiene nada que ver con ningún hecho sucedido en España ni mucho menos en la localidad de Canet de Mar”, añadía la Audiencia de Barcelona.

Dicha Audiencia subrayaba que con la difusión del citado texto y del impactante video el querellado pretendía, con manifiesto desprecio a la verdad y de forma masiva e indiscriminada entre todos los potenciales usuarios de la red social Twitter (ahora X), asociar el contenido del vídeo con una presunta violación ocurrida en la localidad de Canet de Mar, cometida al parecer por dos menores de edad, todo ello con el fin de difamar de forma global e injusta a los menores no acompañados procedentes de otros países que vienen a nuestro país, particularmente a los niños marroquíes, “asociándoles de forma generalizada con actos violentos y agresiones sexuales”.

El perfil del acusado relataba la sentencia, “contenía múltiples publicaciones de naturaleza xenófoba y racista, consultables por cualquier persona en la red social Twitter”, con supuestas informaciones deformadas o directamente falsas sobre los inmigrantes en general, todas ellas presididas por idéntico rechazo frontal a la presencia de extranjeros en España, especialmente si son magrebíes, musulmanes, o ambas cosas.

(SERVIMEDIA)
23 Mayo 2024
MGN/clc