Elecciones generales
El Supremo da cinco días a Bolaños y Albares para identificar a los 163.020 ‘nietos’ con el voto suspendido
- Amenaza con imponerles una multa o exigirles responsabilidades penales si no cumplen con el plazo
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El Tribunal Supremo dio este viernes un plazo de cinco días a los ministros de Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, y de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares, para entregar la relación nominal de los 163.020 nacionalizados por la denominada ‘ley de nietos’ que tienen suspendido su derecho a voto en las elecciones del 29 de noviembre, bajo la advertencia de imponerles multas coercitivas o exigir posibles responsabilidades penales.
En un auto fechado este 23 de octubre, la Sala de lo Contencioso-Administrativo fija como límite las 15.00 horas del próximo 28 de octubre y considera "incomprensible" que el Gobierno todavía no haya facilitado esta información, pese a haber transcurrido mes y medio desde su primera resolución.
Además, advierte de que la propia "inacción de la Administración" puede impedir que estas personas ejerzan finalmente su derecho al voto en las elecciones generales del 29 de noviembre.
El Supremo permite, no obstante, que la Oficina del Censo Electoral remita la documentación electoral entre el 24 y el 30 de octubre, siempre que advierta expresamente a los afectados de que su inscripción es provisional y no garantiza el derecho al voto.
Solo podrán votar, según las medidas cautelares dictadas, quienes "expidan certificación acreditativa de su condición de nacidos fuera de España, de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que hubieran sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia o de orientación de identidad sexual y que hubieran perdido o renunciado a la nacionalidad española".
Y ello, sin aplicar la exención prevista en la polémica instrucción de Sofía Puente para los nacidos entre 1936 y 1955.
MULTAS A PARTIR DE 1.000 EUROS
El Supremo eleva así la presión sobre el Ejecutivo en la víspera de que se produzca el primer envío de la documentación para el voto procedente del Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA). Y la personaliza en Bolaños y Albares como máximos responsables de los ministerios competentes.
El Alto Tribunal amenaza a ambos con una imposición de multa coercitiva por importe de 1.000 euros si incumplan el requerimiento, y se muestra dispuesto a "reiterar estas multas hasta la completa ejecución del fallo judicial, sin perjuicio de otras responsabilidades patrimoniales a que hubiere lugar".
Además, les deducirá, en su caso, "el oportuno testimonio de particulares para exigir la responsabilidad penal que pudiera corresponder".
El Supremo hace saber en el auto su malestar con el hecho de no tener aún los datos porque está convencido de que "la Administración conoce perfectamente la identidad de todas estas personas" en tanto y cuanto "ha tramitado y resuelto estos expedientes".
Y lamenta que, hasta la fecha, solo han sido "revisados un total de 31.390 expedientes, de los que se han expedido un total de 91 certificados por parte de los encargados de los Registros Consulares de personas que han acreditado el exilio de sus ascendientes en los términos" que estableció el Supremo.
(SERVIMEDIA)
23 Oct 2026
PTR/clc/gja


