EL SUPREMO DICE QUE UN SEGURO PAGADO CON CHEQUE NO ES VALIDO HASTA QUE EL TALON NO SEA COMPENSADO POR LA ENTIDAD

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Civil del Tribunal Supremo ha desestimado una indemnización demandada por el titular de una póliza de seguro de coche, tras negarsela la compañía por entender que la prima, abonada mediante un heque, no estaba cobrada hasta que el talón no fue compensado en la cuenta corriente.

Según dicha sentencia, a la que ha tenido acceso Servimedia, no se entiende realizado el pago del seguro hasta que se compensa el cheque en la cuenta corriente.

Para defender esta tesis, el tribunal se apoya en el artículo 1.170 del Código Civil, del que se desprende que el único momento en el que se considera hecho el pago es cuando se materializa la compensación de un talón en la cuenta corriente.

El demadante había librado un cheque para pagar la prima de su póliza de seguro de automóvil el mismo día que la suscribió, sufriendo después un accidente.

Sin embargo, dicho pago no tuvo efecto hasta cuatro días después del siniestro, al ser compensado el cheque en la cuenta corriente.

El Tribunal acepta por tanto las tesis de la aseguradora, que apoyada en el artículo 15 de la Ley de Contrato de Seguro, mantenía que no debía pagar, porque, "salvo pacto en contrario, si la prima no ha sido pagada antesde que se produzca el siniestro, el asegurador quedará librado de su obligación".

(SERVIMEDIA)
07 Abr 1996
G