EL SUPREMO REBAJA LA PENA A UN CONSTRUCTOR QUE VENDIO LOS MISMOS PISOS A VARIAS PERSONAS A LA VEZ

- Le exime del delito de falsedad, igual que hizo con Mario Conde en el caso "Argentia Trust"

MADRID
SERVIMEDIA

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha rebajado la pena impuesta a un constructor que vendió los mismos pisos a varias personas a la vez y a los que, además, engañó con una póliza de seuro falsa, que garantizaba la inversión en caso de que no se finalizaran las viviendas.

Según una sentencia a la que tuvo acceso Servimedia, los hechos se remontan al año 1991, cuando Víctor Agra comenzó a vender una promoción de pisos y plazas de garaje en la ciudad de La Coruña, que nunca fueron construidos.

Agra vendió la misma vivienda a dos compradores, de los que recibió sendas cantidades en concepto de reserva. Además, el constructor recaudó unos 90 millones por el mismo concepto, de otros30 compradores.

A la firma de la reserva, Agra entregaba una póliza que "amparaba cualquier eventualidad que impediese la construcción de los pisos y garajes" por un importe total de 60 millones, avalada por la compañía de seguros "La Preventiva".

Sin embargo, Agra estaba compinchado con tres trabajadores de la aseguradora, que elaboraban las pólizas falsas, conocedores de que, en realidad, el constructor sólo había contratado un seguro de vida que designaba a los compradores como beneficiarios. Las obras se redujeron al desmonte del solar en el que se iban a edificar las viviendas, que nunca fueron iniciadas. Los perjudicados no recibieron ninguna compensación por el dinero adelantado.

FALSEDAD DOCUMENTAL

El constructor y los tres trabajadores de la aseguradora fueron condenados por la Audiencia Provincial de A Coruña a cuatro años de prisión por un delito de "falsificación de documentos mercantiles y estafa", así como a indemnizar a los afectados.

Pero el Supremo puntualiza que ls pólizas que elaboraron los acusados no eran falsas, puesto que reflejaban exactamente lo que ellos querían.

Se trata del delito conocido como "falsedad ideológica", consistente en emplear un documento auténtico, pero con un contenido "inveraz, mendaz y falso", dice el Tribunal.

Esta acepción se empleó por primera vez en el Supremo para rebajar a Mario Conde dos años de prisión en el caso "Argentia Trust", precisamente porque se consideró que la factura del pago de 600 millones no era falsa, sin que su contenido no se ajustaba a la realidad.

De acuerdo con la nueva interpretación legal, de este delito sólo pueden ser acusados los funcionarios públicos, y no particulares, por mucho que mientan en el contenido de sus documentos.

Por eso, el Supremo rebaja al constructor y su compinches la pena en uno y dos años, respectivamente, al retirar el delito de falsedad y dejarlo sólo en estafa.

(SERVIMEDIA)
03 Sep 2000
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